Los ministerios de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y de Hacienda anunciaron que los trámites de exoneración de impuestos para la importación de insumos médicos se reducirán a 10 días.
De acuerdo con ambas carteras, la simplificación de este trámite abarca la importación de equipos e insumos médicos tales como abre bocas, algodón quirúrgico, batas para cirugías y camas de hospital, entre otros.
Las personas administradas no deberán tramitar individualmente la recomendación técnica en el MEIC para solicitar la autorización de exoneración de impuestos de estos insumos médicos y equipos que no se fabrican en el país.
Ahora la gestión sólo se revisará por medio del sistema digital Exonet del Ministerio de Hacienda, conforme al artículo 4 de la Ley 7293 de regulación de las exoneraciones vigentes.
La iniciativa es el resultado de un trabajo de la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa (Digepyme), perteneciente al MEIC, y la División de Incentivos Fiscales, del Ministerio de Hacienda.
Victoria Hernández, ministra de Economía, indicó que el objetivo es que las pequeñas y medianas empresas tengan plazos cada vez más cortos de respuesta ante solicitudes que requieren aprobaciones de las instituciones públicas.
En adelante, mediante una resolución, el MEIC respaldará el trámite de recomendación técnica por dos años, el cual será revisado tres meses antes de finalizar el plazo, con el fin de otorgar una nueva prórroga por igual periodo.
La reforma y la reducción del plazo del trámite entró a regir desde el 26 de octubre.
Una vez finalizados los 24 meses concedidos por la resolución, las empresas deberán consultar al MEIC si se ha determinado la producción nacional de alguno de los productos incluidos en la lista de equipo, accesorios y repuestos médicos, quirúrgicos, hospitalarios, dentales y de laboratorios.
De no producirse el artículo en el país, la resolución se mantendría por igual periodo.
De considerarse procedente la exención se emitirá un documento con la recomendación técnica, para que sea presentada ante el Departamento de Gestión de Exenciones de la Dirección General de Hacienda.
De este proceso se exceptúan las vendas y las estoquinetas (tipo de vendaje), dado que se ha determinado que existe producción nacional.
Juan Carlos Brenes, director de la División de Incentivos Fiscales, de Hacienda, destacó que el menor plazo para el trámite se podría traducir en un menor costo, cumpliendo más eficazmente la inversión fiscal que establece la ley.
Brenes agregó que en el futuro se podrían simplificar otros trámites que también trabajan con productos exonerados.