Los magistrados de la Sala Segunda consideran que uno de los proyectos que pretende frenar abusos con huelgas en servicios públicos esenciales tiene un enunciado “muy extenso”, que comprende “prácticamente todo el ámbito laboral”.
“Por ese camino alguien podría pensar que se está prácticamente limitando el derecho a huelga”, aseveró este martes Orlando Aguirre, presidente de ese tribunal, durante su comparecencia ante la comisión legislativa de Asuntos Sociales.
Dicha iniciativa, presentada por la diputada liberacionista Yorleny León, intenta eliminar la subjetividad que existe en los tribunales laborales a la hora de calificar si un servicio público es esencial o no.
Por ello, León sugiere definir una lista que incluya, por ejemplo, el suministro de combustibles, agua potable, alimentos, electricidad y medicamentos, además de los servicios de aeropuertos nacionales e internacionales.
También contempla los comedores escolares, la recolección de basura y la atención médica de menores en la red de cuido, así como la educación pública, la seguridad ciudadana, la educación pública y la resolución jurisdiccional de conflictos.
“Hacer un anunciado muy extenso podría interpretarse como una limitante exagerada de lo que se quiere regular”, manifestó el magistrado Aguirre.
El jerarca judicial también consideró inconveniente que la iniciativa le atribuya al Poder Ejecutivo la posibilidad de definir algunos otros servicios que no están señalados en el plan.
“Se trata de la aplicación o restricción de derechos fundamentales, entonces lo correcto es que queden definidos en las normas y no se delegue en el Ejecutivo alguno que ellos consideren necesario incluir ahí”, aseveró.
En cambio, los magistrados de la Sala II sí avalan que se les permita a los tribunales de justicia hacer ese tipo de interpretaciones, ante servicios que no estén determinados en el proyecto de ley.
“Lo correcto sería decir que también los tribunales podrán considerar alguna otra actividad en la cual se puedan estar violentando los derechos fundamentales”, sostuvo Aguirre.
Por otra parte, la magistrada Julia Varela señaló que la ley no se debería hacer como una norma aparte del Código de Trabajo, sino que debería incluirse dentro de los artículos 375 y 376 de esa ley, pues no tendría sentido que se conforme como un órgano legal aparte.
Pese a sus observaciones, los magistrados manifestaron que se trata de un proyecto de suma importancia, porque los artículos actuales establecen “normas muy generales”.
No obstante, adujeron que en la redacción actual del texto “no está muy clara la intención del proyecto”, pues de entrada “parece que se va a prohibir la huelga en los servicios públicos esenciales”, pero más adelante en el plan dice que su intención es regularlo.
Luis Porfirio Sánchez, uno de los nuevos magistrados de ese tribunal, agregó que también resulta importante considerar que hay servicios esenciales que se brindan por parte de la empresa privada, por ejemplo en hospitales y en concesiones de muelles.
“En los términos que se presenta el proyecto, yo entendería que solo se refiere a los servicios estatales, por ejemplo, la atención médica pública, pero entonces la atención privada podría quedar como un servicio no esencial”, dijo Sánchez.