Si tuvieran la voluntad política para hacerlo, los diputados podrían acabar con las anualidades de lujo fijadas por convenciones colectivas en al menos 11 instituciones públicas, las cuales son hasta cinco veces más altas que las del Gobierno Central.
Para ello, tendrían que ser más específicos en la reforma fiscal que se tramita en el Congreso, a la hora de ponerle límite al pago de este plus salarial.
La redacción de la actual reforma fiscal no precisa si los ajustes también se aplicarán en las instituciones que otorgaron altas anualidades mediante convenciones colectivas, es decir, en acuerdo con los sindicatos.
Este año, 27.000 empleados se repartirán ¢120.000 millones por anualidades que les suman al sueldo, cada año, hasta un 10% del salario base. Entre esas entidades están Recope, la CNFL, el INS y la UCR.
El texto actual de la reforma fiscal dice que los ajustes se aplicarán en el Gobierno Central, las municipalidades, las empresas del Estado y las instituciones autónomas.
Las convenciones son contratos con fuerza de ley con vigencias entre uno y tres años.
Cambios en la reforma fiscal
Cuatro expertos en derecho laboral y constitucional recomiendan escribir en la reforma que las convenciones colectivas deben ajustarse a la nueva legislación.
En eso coinciden los abogados constitucionales Manrique Jiménez y Carlos Arguedas, así como los laborales Marco Durante y Paola Gutiérrez.
Y así lo planteó en su momento la exdiputada del PLN, Sandra Piszk, en el proyecto de Empleo Público, que luego fue boicoteado por la administración Solís Rivera.
Un transitorio de esa iniciativa decía: "En el caso de las convenciones colectivas vigentes a la entrada en vigor de esta ley, los ajustes se harán en el momento de su expiración y posterior negociación".
Esta iniciativa se utilizó como base para agregar las reformas a los incentivos en el proyecto fiscal que se tramita actualmente, sin embargo, se dejó de lado esa parte en específico, por lo que no existe claridad si la propuesta presentada por la administración anterior tendría el efecto.
Según lo expertos, el cambio es posible porque las convenciones colectivas, aunque son leyes profesionales, no están ajenas a lo que dispongan las leyes estatales. Sostienen que sí se pueden imponer límites por ley, tal como se ha hecho con los topes de cesantía, por ejemplo.
Para Manrique Jiménez, las leyes posteriores recaerían sobre las convenciones colectivas, una vez vencidos los convenios o hasta que se renegocien. Si cada institución y su sindicato no ajustan la convención a la nueva ley, habría un conflicto de normas en el tiempo, dijo el abogado.
Ese también es el criterio del exmagistrado de la Sala Constitucional y exdiputado de la República (2014-2018), Carlos Arguedas.
El exlegislador explicó que las convenciones colectivas son cuestiones jurídicas consolidadas a las que no se les puede dar efecto retroactivo, pero sí deben ajustarse una vez vencidas.
De no ajustarse, la Sala IV podría evaluar cada caso mediante acciones de inconstitucionalidad y sus fallos tienen efecto inmediato.
Por otro lado, para Durante los convenios nacen para superar las garantías mínimas establecidas, pero no para superar los límites definidos por ley.
"Una convención colectiva es una ley profesional y su contenido debe siempre ajustarse al ordenamiento jurídico, más aún si se trata de convenciones en el sector público donde hay de por medio fondos públicos", explicó el abogado laboral.
Si fuera así, la última anualidad de lujo en promulgarse por convención fue la que aceptó la Universidad de Costa Rica (UCR) el 6 de junio, cuando fijó sus anualidades en un 3,75% sobre el salario más componentes.
En tres años, cuando esa concesión expire, la anualidad en la UCR se calcularía como lo defina la reforma fiscal si las partes deciden renegociarla y no renovarla automáticamente.
La experta en temas laborales, Paola Gutiérrez, sostiene que el legislador tiene la potestad absoluta de acabar con las anualidades al momento de la aprobación de la ley, si así lo consignara en el texto. Es decir, que no habría que esperar a que venza cada convenio.
Sin embargo, esa tesis no es compartida por los demás expertos consultados, en especial por Durante.
"Si hay una disposición expresa de una nueva ley que contraviene un acuerdo en convención colectiva, el patrono debe proceder a denunciar la convención o alcanzar una negociación", indicó Durante.
Desigualdades
Sí está claro que la reforma tendría efecto inmediato sobre las anualidades de lujo que pagan otras otras siete entidades a 25.000 empleados, no por convenciones, sino por decisión de los jerarcas.
Unos 25.000 empleados de siete entidades suman a sus sueldos entre un 3% y un 7% del salario base cada año, gracias a concesiones otorgadas por presidentes ejecutivos, directivos, diputados y rectores. Estas anualidades cuestan unos ¢103.000 millones y se pagan, por ejemplo, en la Asamblea Legislativa, el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y la Universidad Estatal a Distancia (UNED).
Para entender la brecha, las instituciones con convenciones reparten en promedio ¢4,4 millones anuales a cada empleado por anualidades, las que fijaron anualidades por decisión de jerarcas, ¢4,1 milones, y el Gobierno, donde se pagan las anualidades más bajas, ¢1,7 millones.
La administración anterior propuso equiparar todas las anualidades con las del Gobierno central, pero la actual quiere ir más allá y establecer montos nominales, no porcentajes del salario, para evitar el crecimiento exponencial del costo del beneficio.
Del archivo:
Diputados a la espera
Los diputados todavía están a tiempo para introducir el cambio, si así lo quieren, pero el tema todavía es ajeno a sus pretensiones con esta reforma.
Los jefes de fracción de las bancadas legislativas y el ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza, todavía no se adelantan.
"Estamos analizando todos las propuestas relacionadas con el proyecto. El Gobierno se referirá a ellas de manera integral, previo al proceso de discusión de las enmiendas”. señaló Piza.
En la Asamblea Legislativa, están a la espera que sea el Poder Ejecutivo el que tome la iniciativa para esos cambios.
"Ese es un tema que no está en discusión en este momento, que no ha planteado el Poder Ejecutivo. Si es de interés del Gobierno, podría incorporarse a la nueva propuesta en el proyecto de Ley Empleo Público", indicó Carlos Avendaño, jefe de fracción del Partido Restauración Nacional (PRN)
La bancada del Partido Liberación Nacional (PLN) todavía no ha discutido el tema, aunque en la opinión personal de Carlos Ricardo Benavides, jefe de la bancada, el cambio debería incluirse.
"Eso es algo que no hemos conversado en la fracción. Tendremos que hacerlo de cara a la discusión de ese tema durante la tramitación del proyecto fiscal, si es que el Poder Ejecutivo lo plantea", señaló el verdiblanco.
Otros del todo no consideran que deban incluirse las convenciones colectivas en esta reforma; así lo señaló el jefe de fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Erwen Masís.
"No existe un ánimo de dañar los derechos adquiridos, o de establecer mecanismos en contra de estos; nos parece que las convenciones colectivas deben cumplir la fecha establecida... creemos que las medidas deben aplicar a las contrataciones nuevas", dijo Masís, ante la consulta de La Nación.