Los abogados del presidente de la República, Carlos Alvarado, comunicaron este sábado que una resolución de la Sala Tercera establece que los dispositivos electrónicos decomisados al mandatario como parte de la investigación del caso de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD) no podrán ser objeto de “registro indiscriminado”.
Según una notificación enviada por dicho tribunal a los defensores Rodolfo Brenes y Róger Guevara, la intervención de los aparatos “se debe desarrollar en apego al debido proceso y a las técnicas correspondientes, encaminado al objeto de la investigación, de forma proporcionada”.
También señala que se debe excluir “el registro indiscriminado de material o de aquello que manifiestamente sea ajeno a los hechos investigados”.
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Ambos juristas aseveraron en un comunicado que la resolución de la Sala Tercera permite continuar con el desarrollo normal del proceso de apertura de esos dispositivos, los cuales fueron confiscados durante un allanamiento a Casa Presidencial realizado en febrero de 2020.
“Reiteramos nuestra disposición y la de nuestro cliente a que los equipos de cómputo y celulares sean revisados de manera expedita, pero pedimos que esto se haga de manera correcta, apegados al debido proceso”, manifestaron Brenes y Guevara.
La Fiscalía General de la República solicitó elevar a juicio la causa en contra del presidente Alvarado y el exministro de la Presidencia y diputado Víctor Morales Mora, por el supuesto manejo de datos restringidos y sensibles de los ciudadanos desde la UPAD.
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Por estos hechos se señala a Alvarado y Morales por el presunto delito de prevaricato, en concurso ideal con un delito de fraude de ley y otro más de abuso de autoridad.