Las administraciones tributarias clasifican a los contribuyentes en grupos de grandes contribuyentes, grandes empresas territoriales y el resto de los contribuyentes. En los dos primeros grupos se concentra mucha de la fiscalización y recursos de la administración bajo el supuesto de que ahí se encuentran los grandes focos de defraudación.
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Con la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos 144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, así como 182 y 183 del reglamento, por parte de la Sala Constitucional, se retoma el estado de cosas a la disponibilidad de todos los contribuyentes, tal como estaba antes de la reforma del 2012.