Mediante una reforma al Reglamento General de Cementerios, el Poder Ejecutivo ordenó a camposantos públicos y privados a reservar, al menos, el 5% de los nichos para eventuales víctimas de la pandemia de covid-19.
Esa obligación estaba contemplada en la normativa que data de 2005, pero para otro tipo de contingencias, como desastres naturales o para enterrar a personas en extrema pobreza.
“Debido a la pandemia mundial que se está viviendo a causa de la enfermedad por covid-19, se debe detallar este punto, para poder brindar el adecuado manejo de cadáveres y disminuir el riesgo de contaminación de origen bioinfeccioso”, señala la modificación firmada por el presidente de la República, Carlos Alvarado, y el ministro de Salud, Daniel Salas.
Los camposantos privados también estaban obligados a atender las anteriores medidas en el reglamento pasado, aunque ese artículo no lo mencionaba expresamente.
Como lo señala originalmente el reglamento, los entierros deben efectuarse entre 24 y 36 horas después del fallecimiento.
No obstante, la modificación brinda autoridad al médico regente de la morgue de hospitales públicos y privados a emitir una certificación, para que la inhumación se haga de forma urgente, antes de lo señalado, “por existir peligro para la salud de la población”.
En caso de que el patólogo no esté disponible, la certificación la podrá emitir el director del hospital.
“Las modificaciones solicitadas, tienen como fin el garantizar el manejo adecuado de los cuerpos de las personas fallecidas por covid-19, ya que, al ser una enfermedad bioinfecciosa, existe un gran riesgo de contaminación y por ende propagación de la enfermedad, en caso de no realizarse un manejo adecuado de los cadáveres por personal capacitado y de los procesos que tengan que realizarse a los mismos.
“La modificación que se realiza al presente reglamento garantiza el adecuado manejo de los cadáveres en casos de muertes masivas, desastres naturales y emergencias sanitarias como la actual pandemia del covid-19, estas son necesarias para la adecuada coordinación y responsabilidad intersectorial del país”.
También se detalla en el documento que es el propio personal del cementerio el encargado de realizar los entierros o inhumaciones en caso de muertes masivas por desastres naturales o emergencias sanitarias como las que se viven.
A este miércoles 29 de julio, Costa Rica reportó 133 muertes relacionadas con la enfermedad producida por el virus SARS-CoV-2.
El Ministerio de Salud prohibió las fosas comunes para enterrar a fallecidos por covid-19 en el país.