El texto original del proyecto de Ley general de acceso a la información pública y transparencia, presentado desde el 2018, no contenía ninguna prohibición para que los periodistas informaran sobre investigaciones por corrupción o narcotráfico, o bien sobre allanamientos o despidos de funcionarios. Sin embargo, algo cambió a última hora.
El pasado 15 de marzo, cuando ya el expediente estaba en sus etapas finales de trámite en la Asamblea Legislativa, la entonces diputada fabricista Carmen Chan, del Partido Nueva República, presentó la moción de fondo 1-137 y la Comisión de Infraestructura la aprobó antes de enviar el texto de nuevo al plenario legislativo.
Chan, quien fue la promotora de esta iniciativa, ahora trabaja en el Congreso como asesora legislativa de la diputada Rosalía Brown, de Nueva República.
LEA MÁS: Diputados fabricistas intentaron frenar plan sobre reconocimiento de unión de hecho
Entre otros artículos, su moción modificó el artículo 8, el cual originalmente solo impedía el acceso a los secretos de Estado. Con la modificación, este numeral prohibiría a los periodistas informar sobre cualquier investigación judicial, administrativa o interna que realice el sector púbico. Incluso, impediría reportar sobre resoluciones ya tomadas.
Ningún diputado objetó los cambios, según consta en los archivos electrónicos del proyecto de ley en la Asamblea Legislativa.
En la sesión en la que se aprobó la moción que crea la ley mordaza, el entonces diputado David Gourzong, del Partido Liberación Nacional (PLN), pidió la palabra para hablar a favor de la propuesta de Chan, y posteriormente, los diputados de la comisión votaron a favor.
Esta comisión estaba integrada por las fabricistas, Carmen Chan y Marulin Azofeifa; los liberacionistas David Gourzong y Paola Valladares; María Vita Monge, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); Luis Ramón Carranza, del Partido Acción Ciudadana (PAC); Walter Muñoz, del Partido Integración Nacional (PIN) y el independiente Dragos Dolanescu Valenciano.
Fue la única moción aprobada ese 15 de marzo. Un día después, se cambió el texto y se envió a Plenario, donde los cambios que hoy amenazan la libertad de prensa pasaron inadvertidos. Como resultado, el texto fue aprobado de forma unánime en segundo debate, el pasado 26 de abril, bajo la promesa de obligar a las instituciones a dar información a la prensa en un máximo de 48 horas.
Este viernes, diez días después de que el Plenario dio luz verde a la iniciativa, el presidente Carlos Alvarado aseguró que “correrá para procurar dejar vetada” la ley. De no hacerlo, el veto recaerá en las manos del presidente electo, Rodrigo Chaves., quien dijo que debe sopesar entre la libertad de prensa y la “privacidad” de las personas sospechosas.
Este medio intentó conseguir la reacción de Chan, Brown y Fabricio Alvarado, jefe de fracción del PNR, pero al cierre de esta edición ninguno dio respuesta.
Grandes diferencias
Los incisos d), g) y k) del Articulo 8, que establece los Límites del derecho de acceso a la información de asuntos de interés público, impiden que los periodistas informen a la ciudadanía sobre la “prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios”.
Transgrederían la Constitución Política, la Declaración Americana de los Derechos Humanos, y la jurisprudencia vinculante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Originalmente, dichos límites estaban establecidos bajo el artículo 9, el cual solo establece que no se podrá tener acceso a secretos de Estado, seguridad nacional, datos sensibles e información que por ley sea confidencial, como es el caso de los procesos de negociación de Cancillería.
LEA MÁS: Carlos Alvarado usa argumentos erróneos para no vetar ley mordaza