La Universidad de Costa Rica (UCR) y la Universidad Estatal a Distancia (UNED) argumentaron que puestos comunes como choferes, conserjes y secretarios realizan una labor indispensable para el desarrollo de la docencia, el trabajo social y la investigación en las casas de estudios. De igual forma se pronunciará esta semana la Universidad Nacional (UNA), informó el rector Francisco González.
Con ello, las universidades públicas evitarán que los salarios de sus cargos en común en el resto del Estado sean regulados por el Ministerio de Planificación (Mideplán), como lo contempla la Ley Marco de Empleo Público. Definirán ellas mismas, entonces, los salarios globales de estos y de otros cargos comunes como encargados de mantenimiento, informáticos o proveedores.
Pedro Méndez, secretario académico de la UCR, afirmó que, luego de hacer un análisis de todos los puestos, el Consejo Universitario concluyó que “todos son exclusivos y excluyentes” porque contribuyen con los fines de la casa de enseñanza.
La decisión incluye a choferes, conserjes, oficiales de seguridad y secretarias, añadió Méndez, a pesar de que estos funcionarios realizan trabajos similares a los de sus pares en instituciones del Poder Ejecutivo, por ejemplo, y pueden ser regulados por Planificación.
El puesto de un conductor de la UCR tiene características particulares, sostuvo Méndez, a pesar de que la función implica trasladar estudiantes a giras o clases, o bien, llevar docentes a visitas a las comunidades, según explicó.
“Siempre está ligado a la labor sustantiva de la universidad”, justificó. “Ellos tienen una característica de atención de estudiantes”.
La labor de un conserje de la UCR, asegura Méndez, es muy distinta a la de una escuela o colegio. Dijo que es un puesto particular porque son los primeros en llegar a la institución, abren los edificios, atienden a profesores y estudiantes y deben estar disponibles para entregar equipos.
“Son características que, para mí, hacen que estén ligados al quehacer académico de la universidad. Además, hace que las funciones tal y como lo establece la Ley Marco, que habla que las funciones del puesto no sean idénticas a las de otras instituciones del sector público”, justificó.
Rodrigo Arias, rector de la UNED, añadió que los conductores universitarios tienen “características particularidades que no tiene ninguna entidad del Poder Ejecutivo”, agregó Arias.
“Está bien, maneja un vehículo, pero de alguna manera se involucra con la atención integral de esa población estudiantil, de acuerdo con las características que la universidad requiere”, dijo el rector de la UNED.
Francisco González, rector de la UNA, sostuvo que la universidad tiene una naturaleza “muy particular, independiente del resto de las instituciones públicas”.
“También, hay un expertise muy particular que se va desarrollando, que se va construyendo desde los perfiles (de puestos) que le dan esa naturaleza particular. Por ejemplo, un chofer que acompaña a un investigador a una gira no solo lo lleva al lugar, sino que, también, se convierte en un apoyo en el ejercicio del investigador”, alegó.
Méndez recordó que la reforma al empleo público faculta a las instituciones con autonomía constitucional, a elaborar una lista de puestos exclusivos y excluyentes.
El secretario académico niega que se aproveche de ese portillo legal para que la UCR determine que todos sus trabajadores son esenciales para cumplir con sus fines académicos.
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Añadió que la legislación no establece criterios ni procedimientos para definir cuáles son los puestos exclusivos y excluyentes de una institución autónoma.
“No veo por qué la eficiencia se vea perjudicada porque instituciones digan que sus puestos son exclusivos y excluyentes. Y sobre los rendimientos económicos (de la reforma), siempre he tenido la curiosidad de cómo se hicieron los cálculos desde Mideplán porque todos los análisis que hemos hecho en la universidad indican que el impacto a la masa salarial viene de la Ley 9635 (reforma fiscal del 2018)″, concluyó Méndez.
Al igual que las universidades, más de 60 instituciones han declarado que todos sus puestos son exclusivos, para definir sus propias escalas salariales. Entre estas, están también el Poder Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
La reforma excluye de la rectoría de Mideplán al personal “que desempeñen funciones o labores administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas” a los poderes Judicial, Legislativo, Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), universidades públicas, municipalidades y Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).