El primer mes del 2021 tiene un calendario abundante en declaraciones y pago de impuestos ante el Ministerio de Hacienda.
Los contribuyentes deberán efectuar la presentación de 10 diferentes formularios de tributos ante la Dirección General de Tributación.
Enero tiene la particularidad de que, a diferencia de otros meses, coinciden el pago del impuesto a ‘casas de lujo’, el de personas jurídicas, el del Régimen de Tributación Simplificado y la declaración anual de retenciones de impuestos.
Las personas y empresas deben efectuar el formulario del impuesto al valor agregado (IVA), la declaración informativa de cobro del IVA de servicios digitales transfronterizos como Uber, Spotify o Netflix; y la del tributo de retenciones a la fuente como como salarios, dietas, servicios profesionales.
Además de las retenciones a la fuente por remesas al exterior que incluyen utilidades y dividendos, pensiones, franquicias, arrendamientos entre otros.
Adicionalmente, los contribuyentes deben realizar la presentación del impuesto de renta de capital mobiliario, de capital inmobiliario y el tributo a ganancias y pérdidas de capital. Estas obligaciones fueron establecidas desde la Ley de Fortalecimiento y las Finanzas Públicas.
“En enero se juntan el resumen anual de retenciones, el impuesto solidario, el impuesto a personas jurídicas y el régimen simplificado son propias de la ‘cuesta de enero’ de cumplimiento de obligaciones con Hacienda”, destacó Germán Morales, socio de la firma Grant Thornton, especializada en asesoría tributaria.
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La mayoría de las obligaciones se deben cumplir el próximo 15 de enero, excepto el impuesto a las personas jurídicas que será el día 30, según el calendario publicado en el sitio web de Hacienda.
Multas
El incumplimiento en la presentación de algunas de las declaraciones implicaría la imposición de una multa de hasta ¢225.100, es decir el 50% del salario base.
Además, el contribuyente se expone a un multa equivalente al 1% o hasta un 20% por cada mes o fracción de mes una vez vencido el plazo para el pago, detalló Francisco Villalobos, socio director de ICS Abogados, firma especializada en temas tributarios.
“En el impuesto de personas jurídicas, si no se paga, no se puede contratar con el Estado, ni crear personerías. Si es por varios años, se liquida la sociedad y, en la práctica es complicado, por los bienes inscritos en la sociedad jurídica. Se requiere un liquidador, plata en abogados y Tributación puede imponer una hipoteca si hay bienes”, explicó Villalobos.
Por otra parte, para el próximo 15 de marzo será la fecha límite para presentar la declaración del impuesto sobre la renta del periodo del 2020.
Esta es la primera vez que el cumplimiento de este tributo se efectúa con base a año calendario, tal como lo estableció la reforma fiscal aprobada en el 2018.
Previo al cambio legal, la liquidación del impuesto se efectuaba el 30 de setiembre de cada año.
“Los contadores de las empresas pasaron un diciembre movido porque tenían que hacer el cierre (fiscal) de la declaración que deben hacer en marzo. Ahora hay más labor de cumplimiento ante la administración tributaria”, aseguró el director de Grant Thornton.
Hasta noviembre pasado, la recaudación tributaria del Gobierno ascendió a ¢3,7 billones, es decir una reducción del 12% comparado con el mismo periodo del 2019.