La Asamblea Legislativa aprobó este lunes, en segundo debate, un proyecto de ley contra la violencia vicaria, término que se refiere a las agresiones contra los seres queridos, mascotas o bienes de una mujer, con el objetivo de afectarla. La violencia puede ser física, económica o psicológica.
El proyecto impone hasta 35 años de cárcel a quien cometa homicidio contra alguna de los allegados de la mujer, sean padres, hijos, cualquier pariente colateral sanguíneo, por afinidad o adopción, hasta el tercer grado, inclusive.
La reforma introduce un capítulo en la Ley de penalización de la violencia contra las mujeres, ley 8589. En el caso de golpes, maltrato físico, psicológico o emocional a un ser querido de la mujer, la pena será de uno a tres años. Si la agresión es a una mascota o animal de compañía de la agredida, la pena irá de uno a dos años.
Si el agresor mata a la mascota, tendrá una sanción de dos a tres años.
La iniciativa de ley recibió el voto afirmativo unánime de 41 legisladores.
También, se establecen disposiciones para que las víctimas puedan recibir medidas de protección y que se ordene, por ejemplo, la cancelación del permiso de portación de armas para el agresor, o bien, la imposición de penas alternativas, cuando corresponda.
“Te voy a dar donde más te duele” es, según explicó el diputado Gilberto Campos, la máxima de esta violencia y muchas veces queda impune porque las autoridades judiciales no actúan, pues el ordenamiento jurídico no tipifica cierto tipo de agresiones.
Entre los ejemplos de este tipo de agresión que citó el liberal, están cuando la madre recibe amenazas de que se llevarán a sus hijos, quitarle la custodia o matarlos, interrumpir los tratamientos médicos o farmacológicos de los niños cuando deben seguirlo, así como utilizar momentos del régimen de visitas para impedir comunicación con la madre, incendiarle la casa a la mujer, su carro o cualquier otra posesión material.