Un año antes de declararse la pandemia de covid-19, una ley ya regulaba el teletrabajo en Costa Rica de forma sencilla, dejando la aplicación a la voluntad tanto del trabajador como del empleador.
La ley ayudó a la gente a mantenerse en sus puestos en momentos apremiantes durante la emergencia sanitaria mundial y también a mitigar imprevistos como las condiciones climáticas o la falta de infraestructura, etc.
Según estadísticas de la Comisión Institucional de Teletrabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, existe un grado de satisfacción en más del 90 % de los trabajadores, quienes dicen preferir seguir teletrabajando.
La comunicación entre quienes laboran en remoto y sus jefaturas es igual a la que impera en el sistema presencial. De acuerdo con los datos de la Comisión, la comunicación es catalogada como “buena” e, inclusive, en algunos casos afirman que mejoró gracias al desarrollo de las tecnologías, que permiten la comunicación en tiempo real.
Del informe se concluye que el teletrabajo para las personas que tienen a su cargo hijos menores de edad o con alguna discapacidad es positivo, porque permite conciliar lo personal y familiar con lo laboral.
En el plano económico, de conformidad con el Centro Internacional para el Desarrollo del Teletrabajo, si la mitad de los empleados públicos que desempeñan labores adaptables al modelo a distancia se acogieran a este, 26.400 vehículos al día no transitarían por las vías de la Gran Área Metropolitana (GAM), con lo cual disminuiría el consumo de combustibles en aproximadamente 52 millones de litros al año.
Pero no solo eso. La cantidad de dióxido de carbono emitido por los vehículos se reduciría en cerca de 29.460 millones de toneladas anuales.
Aunado a lo anterior, para las personas teletrabajadoras el ahorro neto rondaría los ¢363.000 anuales y 60 horas mensuales de tiempo improductivo que origina el traslado a los centros de trabajo.
Los beneficios para la parte empleadora serían numerosos en cuanto a infraestructura, alquileres, mantenimiento, seguridad, servicios esenciales y otros costos propios del giro de negocio.
Las nuevas generaciones demandan esta modalidad y optan por rechazar trabajos presenciales o renuncian, ya sea de forma definitiva o “silenciosamente”, si no se les ofrecen estas condiciones.
En otros países, entre los que destacan el Reino Unido y Australia, se considera que esta modalidad debe consolidarse en un derecho para las partes y ya no como algo voluntario o inusual, como viene ocurriendo.
¿Será necesario modificar la ley de Costa Rica para constituir el teletrabajo en un derecho en los casos en que sea posible y libre de toda discriminación?
No cabe la menor duda de que la respuesta es sí, pero hay que dar tiempo al tiempo, que al final será el que dicte la razón con base en el desarrollo tecnológico.
Eric Briones Briones es abogado y profesor de Derecho Laboral.