El presidente de la República, Rodrigo Chaves, declaró que si renuncia a su cargo para postularse a diputado, lo haría con la aspiración de asumir la presidencia de la Asamblea Legislativa. Así lo anunció este miércoles durante la conferencia de prensa semanal en Casa Presidencial.
El mandatario se refirió a las declaraciones de Pilar Cisneros, jefa de fracción del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), quien el lunes dijo que Chaves evalúa dimitir a la Presidencia, a principios de julio, para postularse como diputado en las elecciones nacionales de 2026.
Legisladores como Luis Diego Vargas, jefe del Liberal Progresista (PLP), calificaron de irresponsable la eventual renuncia a la Presidencia de la República, pero el mandatario alegó que la posibilidad es legal.
“Si yo me voy es para ser presidente del Congreso, y de un Congreso con una mayoría enorme. Eso es lo que doña Pilar está insinuando y yo con mi transparencia les digo que, si me voy por ahí, es porque voy para allá. Si no, ¿para qué voy a irme?,” declaró Chaves.
“El candidato mío lo sabremos Dios y yo cuando entre a la urna, si voy a votar como presidente en ejercicio. (...) La Constitución me prohíbe hacer campaña, pero, si me salgo, voy a ir a hacer campaña en serio, a cada rincón del país por esa persona en el momento adecuado”, continuó.
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Si Chaves renuncia, ¿el Congreso debe aprobarlo?
El artículo 121 de la Constitución Política dice que es atribución de la Asamblea conocer las renuncias de los supremos poderes, así como resolver las dudas que ocurran en caso de incapacidad física o mental de quien ejerza la Presidencia.
Chaves sostiene que, en caso de presentar su dimisión, esta deberá ser conocida por la Asamblea Legislativa, pero no requiere su aprobación. ¿Me van a encadenar aquí a la silla en Zapote?” cuestionó.
El abogado constitucionalista y excontralor general de la República, Alex Solís, explicó que la renuncia presidencial es un acto formal que debe ser presentado ante el Congreso, el cual debe pronunciarse mediante un acuerdo legislativo. Añadió que la decisión de aceptar la dimisión corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa.
“La cuestión de fondo es si el presidente, de manera discrecional, puede renunciar para postularse a la diputación. Según mi criterio, de acuerdo con la Constitución Política, no. La renuncia discrecional exige que demuestre impedimento físico o mental”, detalló Solís en un artículo publicada por este diario en octubre pasado.
Según el excontralor, Chaves podría alegar que tiene la facultad de renunciar en cualquier momento, según el principio de autonomía de la voluntad. Sin embargo, Alex Solís enfatizó que el mandatario no actúa como un ciudadano común, sino como un funcionario público. Esto implica que sus decisiones deben ajustarse a los principios de legalidad, responsabilidad y rendición de cuentas, además de cumplir con el juramento de observar y defender la Constitución y ejercer los deberes inherentes a su cargo.
El artículo 109 de la Constitución Política establece que no puede postularse a diputado quien haya ejercido la Presidencia al menos seis meses antes de las próximas elecciones.