La Sala Constitucional ordenó al presidente Rodrigo Chaves Robles abrir un procedimiento administrativo contra el ministro de Obras Públicas y Transportes, Mauricio Batalla Otárola, por desobedecer una sentencia emitida por ese tribunal en abril pasado.
La disposición involucra a Chaves tanto en su calidad de presidente de la República como en su rol de jefe del Consejo de Gobierno, lo que lo convierte en el superior jerárquico de Batalla. Los magistrados basaron su decisión en la sentencia N.° 2024-011048, del 26 de abril.
La orden contra el mandatario se dio en el voto N.° 2024027197, notificada a Chaves el 20 de setiembre y en la cual se le otorgaron 48 horas para abrir el procedimiento.
Además, se le advirtió que, de no hacerlo, podría enfrentar sanciones de hasta dos años de prisión o una multa de entre 20 y 60 días, según lo establece el Código Penal para quienes incumplan órdenes dictadas en un proceso de amparo.
“Notifíquese esta sentencia, de manera personal, a Rodrigo Chaves Robles, en su condición de presidente de la República, al Consejo de Gobierno y a Mauricio Batalla Otárola, en calidad de ministro de Obras Públicas y Transportes”, precisa el fallo.
La Nación envió consultas a Casa Presidencial y al MOPT. En el primer caso, Casa Presidencial informó poco antes de las 6 p. m. de este lunes: “El señor Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, ya acató la resolución constitucional”.
Por su parte, el MOPT envió un comunicado, según el cual, el incumplimiento atribuido al ministro Batalla se habría originado en un error en la dirección de correo electrónico dado para notificaciones.
De acuerdo con el Ministerio, aunque desde enero de 2023 se le pidió a la Sala que toda documentación fuera enviada físicamente al plantel de la entidad en Plaza González Víquez, en una respuesta que dieron se incluyó por error una dirección en desuso “por lo que las instrucciones del órgano constitucional no se recibieron de manera oportuna, lo cual es una situación ajena a la voluntad del señor ministro”.
Debido a esta situación, según explica la entidad, no fue sino hasta el 20 de agosto de 2024 que la resolución del tribunal constitucional fue notificada personalmente a Batalla y es a partir de ese momento que el jerarca se habría enterado de la disposición de los magistrados.
Sentencia que desobedeció ministro Mauricio Batalla
El recurso de amparo que dio origen al caso se presentó en diciembre de 2021, cuando un vecino de Heredia acudió a la Sala IV a reclamar que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) no había respondido sus solicitudes, relacionadas con la reparación de una calle, la instalación de semáforos, la demarcación vial y la colocación de reductores de velocidad.
En abril, la Sala IV declaró con lugar el recurso y ordenó al ministro Batalla que, en un plazo de tres días, remitiera la solicitud del recurrente a los órganos competentes. Además, señaló que, en un máximo de 15 días, se debía dar una respuesta a cada uno de los planteamientos del vecino.
Asimismo, se instruyó al MOPT concluir las obras mencionadas por el recurrente en un plazo de nueve meses, tomando en cuenta los estándares de seguridad vial aplicables a las vías nacionales.
Sobre esta resolución, el Ministerio aseguró que el 1.° de octubre informó a la Sala del cronograma de trabajo para dar atención a lo solicitado por el vecino de Heredia en cuanto a la instalación de semáforos en dos cruces de rutas nacionales. La asignación de recursos, programación y ejecución tomarán 210 días naturales, según las estimaciones de la institución.
Nota del editor: Esta información fue modificada a las 5:59 p.m. de este lunes, con la respuesta de Casa Presidencial.