
Un total de 864.000 hogares costarricenses mantienen algún tipo de deuda, lo que equivale al 50% de las familias del país, según la Encuesta Financiera de Hogares (Enfiho) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
Aunque todas las deudas prescriben con el tiempo, esta condición no ocurre de forma automática.
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El interesado debe solicitarla, tal como lo establece el artículo 973 del Código de Comercio. Para ello, se necesita un abogado, ya que no existe patrocinio letrado gratuito en procesos de cobro judicial, informó la Defensoría de Apoyo al Deudor (Defade).
¿Cómo saber si la deuda puede prescribir?
El proceso de prescripción judicial de una deuda requiere que el expediente haya llegado a la etapa judicial. Generalmente, esto ocurre cuando hay más de tres meses de atraso en el pago.
Si la deuda no está en cobro judicial, se puede iniciar un proceso de jactancia, siempre que haya un proceso de cobro activo.
Cuando ya existe un proceso judicial abierto, el deudor debe acceder al expediente de la deuda.
Una opción es esperar la notificación personal del juzgado, que no puede realizarse por correo electrónico, mensaje de texto ni WhatsApp.
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También se puede solicitar el expediente directamente ante el juzgado, lo que activaría un plazo de cinco días hábiles para presentar la solicitud de prescripción.
Otra opción es ingresar al sitio web del Poder Judicial para consultar el expediente en línea.
Plazos para que una deuda prescriba
El tipo de deuda determina el plazo de prescripción:
- Deudas comerciales (como pagarés, letras de cambio o tarjetas de crédito): 4 años
- Deudas hipotecarias: 10 años
- Cobros de intereses, alquileres y derechos sobre bienes muebles: 1 año
Para que la deuda prescriba, no debe haber ocurrido ningún hecho interruptor durante el plazo. Estos hechos incluyen pagos, aceptación de arreglos de pago o notificaciones judiciales.
¿Cómo presentar la solicitud ante un juez?
Si la persona considera que cumple con los requisitos de prescripción, debe presentar una solicitud en el juzgado de cobro judicial. El documento debe contener el nombre del solicitante, firma, autenticación, sustento legal y la petición.
Una vez presentada la solicitud, el acreedor cuenta con tres días para responder. El juez analizará si se cumplen las condiciones y podrá emitir su resolución.
No hay un plazo específico para la duración del trámite, ya que depende de la carga de trabajo de cada juzgado.
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Recomendaciones legales
Desde la Oficina del Consumidor Financiero (OCF) se ha señalado que lo más recomendable es buscar un arreglo de pago con el acreedor.
Por su parte, la asesora legal de Defade indicó que el mejor momento para solicitar asesoría es cuando el deudor cree que ya venció el plazo sin hechos interruptores.
En esos casos, revisar el expediente junto con un profesional puede ayudar a encontrar otras opciones legales si no se cumple con los requisitos para la prescripción.
*La creación de este contenido contó con la asistencia de inteligencia artificial. La información fue investigada y seleccionada por un periodista y revisada por un editor para asegurar su precisión. El contenido no se generó automáticamente.