La Superintendencia de Pensiones (Supén) y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) tuvieron argumentos opuestos sobre la posposición de los fondos generacionales en el ROP.
Tomás Soley, jerarca interino de la Supén, confirmó que se opusieron a aplazar la entrada en vigencia de la reforma al Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) porque no había ningún argumento técnico ni jurídico para fundamentar la decisión, a diferencia del Consejo.
El criterio de la entidad fiscalizadora fue que fondos generacionales debían mantener la vigencia de inicio el 1. ° abril próximo, pero Conassif se apartó de tal posición y la postergó por un año.
“La petitoria de la Superintendencia al Conassif fue no aplazar la puesta en vigencia de fondos generacionales porque no había razones ni jurídicas ni técnicas para hacerlo”, confirmó a La Nación el superintendente.
Soley explicó que presentaron los argumentos técnicos a los directivos del órgano sobre el efecto en las pensiones futuras de los 3 millones de afiliados al régimen obligatorio.
“Para todo el mercado, el pasar a fondos generacionales o dejaba igual a la generación de afiliados de mayor edad o había un aumento en su bienestar. Desconozco cuál fue el fundamento técnico del Consejo para sostener eso en el acuerdo", dijo el jerarca interino.
Añadió que él no conoce ningún estudio del Consejo que fundamenten la decisión o refuten las conclusiones de la Superintendencia. “(Los argumentos) son rebatibles técnicamente, de repente son opiniones o sentimientos en torno a la reforma, más que fundamentos técnicos concretos”, recalcó.
El superintendente dijo que previo al acuerdo del pasado 20 de marzo, hubo dos sesiones en las cuales expuso la importancia, para Supén, de no aplazar fondos generacionales.
Incluso dijo que habló personalmente con Róger Madrigal, presidente del Banco Central y miembro del Conassif, para explicarle que la recomposición de los portafolios de inversiones de las operadoras de pensiones complementarias (OPC) no tendría efectos adversos a nivel macroeconómico, pues se estableció un plazo de 18 meses para lograr la composición del ROP.
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En fondos generacionales los clientes de las OPC serán clasificados por rango de edad, y la estrategia de inversión se ajustará a cada grupo. Se dividirá a los afiliados en cuatro grupos según sus edades.
El objetivo del cambio es lograr mayor diversificación de las inversiones, local y externa, por grupo de edad para mejorar la pensión complementaria que recibirá el trabajador cuando se jubile.
La norma aprobada plantea que entre los trabajadores más jóvenes las inversiones sean más riesgosas. Mientras que, entre los de mayor edad y jubilados sea conservadora, la estrategia sería más hacia instrumentos a tasa fija y en emisiones del mercado interno.
Posición del Conassif
En el oficio CNS-1924/05, del pasado 21 de marzo, el Conassif expone los fundamentos del acuerdo en firme para aplazar la entrada en vigencia de fondos generacionales por 12 meses.
Según la decisión del Consejo, la reforma no logra reducir la exposición al riesgo de mercado de los pensionados que tiene el régimen actual, ya que no desarrolló productos de retiro que brinden estabilidad a las pensiones.
Además se argumenta que las estimaciones de las tasas de reemplazo (monto de la pensión de futuros jubilados) revelan un deterioro para una mayoría de afiliados, se indica en el acuerdo.
“La materialización de estos riesgos podría resultar en pensiones menores para amplios segmentos de la población y en una erosión de la confianza en el sistema previsional costarricense y en la reputación regulatoria“, se indica en la decisión del acta de la sesión 1924-2025, del pasado 20 de marzo.
La Nación consultó al Conassif cuáles fueron los estudios técnicos empleados para aplazar fondos generacionales y por qué se separaron de la recomendación dada por la Supén. Se informó que las consultas están en trámite.
Para el Consejo, la prórroga de un año permitirá efectuar los ajustes técnicos para mitigar los riesgos señalados en el acuerdo.
El jerarca de Supén dijo que 12 meses pueden ser insuficientes, pues los estudios adicionales deben discutirse, ejecutar los cambios en el reglamento, enviarlos a consulta y revisar las propuestas de las entidades supervisadas.
