El Juzgado Penal de Alajuela dictó una resolución que va más allá de una condena de cárcel contra un hombre que le mutiló la pata a un perro llamado Negro con un machete.
Además de sentenciarlo a tres meses de prisión por crueldad animal, el juez ordenó al imputado llevar un curso de manejo de ira y enojo para aprender a ser un mejor ser humano y no lastimar más seres sintientes inofensivos. Como parte de las medidas, el juzgado también emitió una orden para prohibirle al acusado la tenencia y adquisición de animales domésticos.
La agresión contra el perro se produjo en abril del 2020, cuando una mujer se encontraba en la vía pública en Ciruelas de Alajuela junto a sus hijos y su perro, Negro, un zaguate de aproximadamente dos años y 50 centímetros de altura. El hoy condenado pasaba por el lugar y, molesto porque el animal le ladró, sacó un machete y le cercenó una pata.
De urgencia, en una clínica veterinaria, intervinieron al perro y le amputaron la extremidad delantera derecha para salvar su vida.
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El acto, descrito por el tribunal como " inhumano”, fue presenciado por la dueña del animal y una vecina. Ambas testificaron que el perro no atacó ni mordió al acusado, sino que solo le ladró. Posteriormente, la Policía detuvo al agresor en La Guácima de Alajuela.
Las pruebas ofrecidas incluyeron versiones de testigos, informes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la factura de los gastos veterinarios, los cuales sirvieron al Tribunal para sopesar la acusación contra el imputado.
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Acción cobarde del imputado
El juez Mario Rodríguez Villegas, en la sentencia N°130- 2022, emitida en febrero del 2022, enfatizó que Negro era un animal doméstico de compañía, protegido por la legislación vigente en materia de bienestar animal. Además, desestimó cualquier alegato de legítima defensa, al señalar que el perro únicamente ladró y no representaba una amenaza real para el imputado.
El juzgador determinó que el acusado también estaba en pleno uso de sus facultades mentales, por lo que su actuar constituyó un “acto cobarde”.
“Negro pertenece a su familia, siendo que es un animal doméstico o de compañía; es protegido por la legislación antes transcrita, teniendo derecho a la protección de su integridad física, lo cual permite a su vez la imposición de una pena de prisión en contra del ser humano que cobardemente lo atacó.
“Los seres humanos eventualmente podrían defenderse de los ataques de los perros, pero en este caso Negro solo ladró, lo cual es una acción tan natural como hablar para los seres humanos, no existiendo en ningún momento un ataque que pusiera en peligro la integridad del imputado. No hubo legítima defensa alguna u otra causa de justificación para la acción cobarde del imputado en contra de la integridad de un ser indefenso”, indica el fallo.
Curso de rehabilitación
El juez determinó que, para evitar la reincidencia de actos agresivos, era necesario promover la rehabilitación, por lo que ordenó que el acusado lleve el curso de control de la ira y manejo de enojo durante al menos un mes. Además de asistir a sesiones, el imputado tendrá que presentar informes sobre sus aprendizajes ante el Tribunal.
“No podemos quedarnos en beneficios que evitan la cárcel simplemente, sino que hay que encontrar el problema que llevó al imputado a lesionar de tal forma a un animal indefenso. Hay instituciones como el Instituto Wem que le podrían ayudar para mejorar como ser humano, y ello va a repercutir en la sociedad. Si bien no se conoce que exista un curso específico para evitar la violencia contra los animales, si existen cursos para tratar el enojo”, añadió el juez.
La resolución cita diversas reflexiones sobre el maltrato animal y su conexión con la violencia social. “La crueldad origina violencia, y la violencia, delincuencia”, señaló el juez en su sentencia, recordando estudios que demuestran que muchas personas que cometen crímenes violentos tienen antecedentes de maltrato animal.
El acusado se sometió a un proceso abreviado, el cual le permitió reducir su pena si reconoce su culpabilidad y acepta los cargos. Se le concedió libertad condicional.
El juez enfatizó que, en caso de que el condenado incumpla las condiciones impuestas, perderá el beneficio de ejecución de la pena y deberá cumplir los tres meses de prisión. Además, se podrá recurrir al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) y la Fuerza Pública para verificar que no tenga animales a su cargo.
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