
En la apertura del Año Judicial 2026, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, fue categórico al señalar que “la independencia judicial es innegociable” y que “Costa Rica no necesita un Poder Judicial sometido”. Tiene razón. Pero para resguardar esa independencia, el Poder Judicial debe revisar y fortalecer sus estructuras, impulsar reformas internas y corregir debilidades que, de no atenderse, pueden volverlo vulnerable precisamente frente a los riesgos que busca evitar.
Uno de los desafíos está en el sistema de elección de los 22 magistrados que integran la Corte Plena, los cuales, por mandato del artículo 158 de la Constitución Política, son nombrados por la Asamblea Legislativa mediante mayoría calificada de 38 de los 57 diputados. Desde su origen, es una decisión política. No se trata de eliminar ese procedimiento, sino de robustecerlo con criterios técnicos y objetivos que limiten la discrecionalidad de los legisladores al votar por afinidades.
El tema cobra relevancia porque los congresistas que asumirán funciones el 1.° de mayo deberán decidir la continuidad o sustitución de 13 magistrados, es decir, el 60% de la Corte Suprema de Justicia, una decisión que marcará el rumbo del Poder Judicial y, con ello, la solidez de los contrapesos democráticos en los próximos años.
Precisamente, un informe presentado el 24 de marzo por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) advierte del abismo entre los procedimientos para seleccionar jueces y magistrados. En el caso de los jueces, la Ley de Carrera Judicial obliga a designarlos mediante concursos de oposición abiertos, es decir, con base en mérito, igualdad de condiciones y evaluación objetiva de conocimientos, capacidades y aptitudes. Los magistrados, en cambio, son evaluados por diputados de la Comisión de Nombramientos del Congreso, que somete una terna al plenario.
Más crítico es el Informe Estado de la Justicia 2025, presentado en junio, al afirmar que el proceso de nombramiento sigue siendo un reto para la independencia judicial, pues “la Asamblea Legislativa no avanza significativamente en garantizar la idoneidad de las personas magistradas; incluso hubo retrocesos en la metodología de la Comisión de Nombramientos”.
También determinó que “la intervención política –particularmente directa de un gobierno– en el proceso de nombramiento de las judicaturas puede llevar a la percepción, o incluso a la realidad, de que las decisiones judiciales están indebidamente influenciadas por intereses políticos, comprometiendo así la imparcialidad y credibilidad del Poder Judicial”.
A ello se suma la preocupante percepción ciudadana de que el Poder Ejecutivo debería tener la facultad de nombrar a jueces y magistrados, como evidenció una encuesta del Centro de Investigación y Estudios Políticos (CIEP) en 2024. Un 54% de las personas consultadas dijo estar de acuerdo con que el Ejecutivo ejerza esa potestad, mientras un 39,9% manifestó algún grado de desacuerdo, dato que revela una comprensión limitada de la importancia de la independencia judicial y sus implicaciones.
Aunque la OCDE valora positivamente el sistema judicial –con un cumplimiento del 74% en criterios normativos y del 60% en criterios prácticos de integridad, por encima de los promedios del organismo–, apunta a que uno de los principales espacios de mejora está en la forma en que se eligen los magistrados.
Se trata, entonces, de someter el procedimiento a reglas rigurosas que lo orienten al mérito. Ello exige incorporar evaluaciones técnicas robustas, sistemas de puntaje más estrictos y similares a los de los jueces, entrevistas públicas y criterios de idoneidad ética y profesional que reduzcan la discrecionalidad y aseguren que solo lleguen los mejores.
Para lograrlo, la Comisión de Nombramientos debería apoyarse en expertos en reclutamiento que ayuden a depurar sus métodos y estructurar procesos verdaderamente técnicos, basados en probidad comprobada, independencia frente a partidos y grupos de presión y ausencia de deudas políticas. A ello se suma elevar los estándares de experiencia y madurez profesional, pues hoy el único requisito es ser mayor de 35 años.
Aunque se había ofrecido revisar el sistema tras el escándalo de Celso Gamboa, que llevó a su destitución en 2018, por su “interés indebido” en favorecer a un allegado ligado al “cementazo”, las decisiones siguen pendientes. Antes que otros, los primeros que deben tomar la batuta para proponer los ajustes son los propios magistrados.
Deben actuar porque no solo hay fuertes ataques desde el poder político, sino porque la confianza ciudadana en el Poder Judicial sigue siendo frágil, fluctuante y, en muchos casos, superada por el escepticismo, según la lectura del Estado de la Justicia. En ese contexto, la forma en que se elija a los magistrados es una decisión estratégica. Si se corrigen los procesos, se elevan los estándares y se garantiza la idoneidad de quienes integran la cúspide judicial, el país puede comenzar a reconstruir esa confianza perdida.
La independencia judicial, sin duda, es innegociable. Pero su defensa requiere asegurar, desde adentro, que quienes la encarnan estén a la altura del mandato que la Constitución les confiere.
