
La jefa chavista del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Pilar Cisneros, busca suavizar los requisitos constitucionales para que los partidos políticos accedan al financiamiento estatal por su participación en los procesos de elección popular.
En la reforma presentada este jueves, cuyo objetivo principal es cambiar el sistema electoral costarricense para que se permita la presentación de candidaturas independientes, sin partido político, la diputada oficialista agregó una modificación al artículo 96 de la Constitución Política.
La norma constitucional vigente establece que tendrán derecho a la contribución estatal los partidos políticos que participen en los procesos electorales señalados en este artículo y alcancen al menos un cuatro por ciento (4%) de los sufragios válidamente emitidos a escala nacional.
Aparte de introducir el derecho de acceso a la contribución estatal para los grupos electorales independientes y las candidaturas individuales, la propuesta de Pilar Cisneros modifica la tercera línea, para que el requisito de acceso a la popularmente llamada deuda política sea “un tres por ciento (3%) de los sufragios válidamente emitidos”.
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Esa modificación está presente tanto en el documento en formato PDF colgado del sitio web de la Asamblea Legislativa, como en el documento editable en ese mismo sitio web, bajo el número de expediente legislativo 25.277, aunque Cisneros no señaló públicamente que tenga la intención de modificar esa reducción de los requisitos constitucionales.
Además, ni en el título de la iniciativa de reforma constitucional ni en las cinco páginas de la exposición de motivos donde Cisneros explica las razones de promover la reforma sobre candidaturas individuales e independientes, aparece ninguna declaración de intenciones sobre la reducción del requisito para acceder a la deuda política.
Cisneros presentó el proyecto el penúltimo día de sesiones ordinarias, apenas antes de que se le cerrara esa puerta, pues la normativa impide a los diputados presentar reformas constitucionales en el periodo de extraordinarias, que es cuando el Poder Ejecutivo tiene el control de la agenda parlamentaria.
‘Es un error’, alega Pilar Cisneros
En la versión que compartió el despacho de la jefa chavista, este jueves, a través del chat de WhatsApp, había un error en la redacción de ese párrafo, pues decía que el umbral era del “cuatro por ciento”, pero lo expresaba en números así: “(3%)”.
No obstante, en la versión presentada oficialmente ante la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, se expresa literalmente la reducción a un 3%, tanto en letras como en el número.
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Consultada sobre ese aspecto de la propuesta, que tendría un impacto directo en el gasto estatal y en el derecho de los partidos políticos para el financiamiento gubernamental, Cisneros alegó este viernes que ya había expresado que se trataba de un error.
“Mi proyecto no cambia NADA (sic) salvo incluir a grupos independientes e individuos como candidatos a puestos de elección popular. Exactamente con los mismos derechos y deberes que los partidos políticos”, escribió.
Cuando se le señaló que el supuesto error está en ambas versiones entregadas en la Secretaría del Directorio, y que si ese texto se termina aprobando tal cual, entonces se cambiará la norma en el artículo 96 de la Constitución Política, entonces ya no respondió más.
El proceso de aprobación de una reforma constitucional es muy calificado, pues debe leerse en tres días separados por intervalos de seis días y, al final de esos, resolver si la Asamblea admite o no la modificación constitucional.
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En caso de que se apruebe su admisibilidad, la iniciativa pasará a una comisión nombrada por los diputados, con un plazo de 20 días hábiles para dictaminar el proyecto.
Una vez presentado el informe, se discutirá en el plenario y debe aprobarse en dos debates, con al menos 38 votos en el segundo, para que luego el presidente de la República lo incluya en su informe ante el Congreso y que sea aprobado en otros tres debates, para luego integrarse en la Constitución.
Antes de que el plenario dé su veredicto sobre la iniciativa, los magistrados deberán estudiarla, para determinar si riñe con el derecho de la Carta Magna, o contiene roces.

