El fiscal general de la República, Carlo Díaz, se negó reiteradamente este viernes a entrar en detalles de fondo sobre la acusación por el delito de concusión contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, y el ministro de Cultura, Jorge Rodríguez, y les dio a los diputados solamente detalles del proceso judicial.
“Esta etapa procesal es privada, no puedo exponer el fundamento de la acusación, sobre todo porque hay medios de comunicación. Ustedes tienen acceso completo al expediente, deben valorar si es persecución de parte del Ministerio Público al señor presidente, pero es un control más que se establece en el sistema de división de poderes”, comentó Díaz durante la primera sesión de la comisión legislativa que analiza el levantamiento de inmunidad del mandatario para que enfrente el proceso penal.
El fiscal enfatizó que en el expediente está la fundamentación, amplia prueba, audios, prueba documental y testimonial que se relata en la acusación y enfatizó que si se refiere a esos detalles, faltaría a sus deberes como fiscal general.
“Es una acusación contra el primer ciudadano de este país, el presidente de la República, y un ministro. Es una acusación que se tiene que analizar con mayor detalle, son dos miembros de los supremos poderes, involucra a los supremos poderes. No se trata de persecución política”, dijo.
Díaz insistió en que hay prueba contundente que, para la Fiscalía, vuelve necesario llevar el caso a juicio.
La presidenta de la comisión, la liberacionista Andrea Álvarez, anunció que hay ya representantes de las dos defensas, tanto de Chaves como de Jorge Rodríguez, acreditadas ante el órgano especial. Sin embargo, este viernes solo se presentó la defensa del ministro de Cultura.
Cuestionado por el diputado chavista Daniel Vargas, el fiscal general declaró que, por tratarse de un proceso especial contra miembros de los supremos poderes, aún no se les ha hecho la indagatoria ni a Chaves ni a Rodríguez Vives, sino que eso lo tendrá que hacer el magistrado penal encargado del caso, en su momento, si la Asamblea Legislativa quita el fuero a ambos funcionarios.
El fiscal también enfatizó que él no tuvo relación con la filtración del expediente a la prensa y recordó que los audios de la Presidencia fueron publicados por La Nación antes incluso de que se abriera la investigación específica sobre el presunto delito de concusión.
“Incluso, muchos de los audios que son ofrecidos como prueba habían circulado en medios de previo a la investigación. Eso fue el origen de la investigación”, puntualizó Carlo Díaz.
Si bien Daniel Vargas le pidió comentar si existe una sola prueba absolutamente contundente de que Rodrigo Chaves y Jorge Rodríguez cometieron el delito investigado, el fiscal le explicó que el análisis de la prueba es conjunta, no de una sola.
“Conforme las reglas de la sana crítica, en eso se basa la acusación. La investigación es completamente objetiva y permite acreditar que se cometió el delito de concusión de parte de los acusados”, detalló.
Caso BCIE, presunto delito de concusión de Rodrigo Chaves
La comparecencia del fiscal general es la primera audiencia que se realiza dentro del proceso para analizar la acusación penal a Rodrigo Chaves y Jorge Rodríguez por el presunto delito de concusión.
El órgano especial tiene la responsabilidad de analizar dicha acusación y determinar si hay lugar a formación de causa contra ambos jerarcas de los supremos poderes, tal como lo considera el fiscal general.
El presunto delito se generó porque, supuestamente, Chaves habría solicitado al empresario Christian Bulgarelli entregar a su asesor, Federico “Choreco” Cruz, $32.000 para el enganche en la compra de una casa en el condominio Barlovento, en el cantón de La Unión.
Ese dinero provenía del contrato con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para servicios de comunicación a la Casa Presidencial. En el caso de Jorge Rodríguez, entonces jefe de despacho de Chaves, habría sido presuntamente el nexo para dicha petición.
El delito de concusión ocurre cuando un funcionario público abusa de su calidad o sus funciones, para obligar o inducir a alguien a dar o prometer un bien o beneficio patrimonial para sí o para un tercero, de forma indebida. La pena que establece el artículo 355 del Código Penal por esa conducta es de dos a ocho años de cárcel.
En el caso de Bulgarelli, el fiscal señaló que, como no es un funcionario público, el delito que se le achaca es el de favorecimiento real: los mismos hechos, pero desde la acción pública.
Choreco, investigado en un proceso ordinario
El fiscal general también detalló que existe otra persona investigada por los mismos hechos, aparte de Chaves, Rodríguez y Bulgarelli. Se trata de Federico Cruz Saravanja, conocido como Choreco, quien era el asesor presidencial a quien presuntamente el mandatario quería beneficiar con el dinero que le ordenó a Bulgarelli entregar.
Como Cruz no era ni es miembro de un supremo poder, está investigado dentro de otro expediente que se tramita en la vía ordinaria, es decir, no está en manos de la Fiscalía General.
En el caso de Bulgarelli, por habérsele aplicado un criterio de oportunidad, es decir, la figura de testigo de la corona, su procedimiento está suspendido.
Esa figura de testigo de la corona depende del avance del caso contra Chaves, pues su efectividad depende de que lo aportado por Bulgarelli realmente sirva para la acusación y el testigo cumpla con su parte.