Los diputados aprobaron, en primer debate, un proyecto de ley que busca corregir un error que ellos mismos cometieron, dos años antes, y que permite a un juez autorizar el beneficio del arresto domiciliario con monitoreo electrónico, conocido como brazalete o tobillera electrónica, para personas sentenciadas con delitos cometidos con cierto tipo de armas.
Se trata de una reforma que cambia dos artículos, uno en el Código Penal y otro en el Código Procesal Penal, para restablecer la prohibición del beneficio del brazalete electrónico para quienes hubieran cometido delitos utilizando armas de fuego, armas contundentes o armas punzocortantes.
En 2024, se aprobó una reforma para restringir el arresto domiciliario a personas sentenciadas por tráfico de drogas y actividades conexas, delitos sexuales contra menores y otros hechos, pero se eliminó la parte donde se impedía también para delitos cometidos con ese tipo de armas.
La iniciativa, impulsada por los diputados del Partido Nueva República (PNR), tuvo el apoyo mayoritario de los congresistas en el plenario, pues la votación del primer debate tuvo 41 legisladores a favor, mientras que cinco votaron en contra.
La votación del segundo debate del proyecto fue señalada para el martes 7 de abril.
La iniciativa modifica el inciso 2 del artículo 57 bis del Código Penal, donde se establece el monitoreo electrónico, conocido como brazalete, como una sanción penal que sustituye la pena de prisión, con la finalidad de promover la reinserción social.
En ese numeral, se impide que un juez pueda aplicar ese beneficio cuando se trate del enjuiciamiento de delitos donde se hayan utilizado armas de fuego, armas contundentes o armas punzocortantes.
Adicionalmente, se modifica el inciso j del artículo 244 del Código Procesal Penal, donde se establece el brazalete electrónico como una potencial medida cautelar menos gravosa para una persona imputada.
En ese artículo, los diputados introdujeron igualmente la prohibición de dar el beneficio para imputados en un proceso por cometer un delito con armas de fuego, contundentes o punzocortantes.
Polémica por el término ‘armas contundentes’
La aprobación del proyecto de ley no estuvo exenta de la polémica, principalmente entre los impulsores de la reforma y legisladores del Frente Amplio (FA) y de Liberación Nacional (PLN), por considerar que el término “armas contundentes” es ambiguo.
Mociones impulsadas por la independiente Gloria Navas, la liberacionista Alejandra Larios y la frenteamplista Priscilla Vindas, todas integrantes de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico del Congreso, intentaron limitar la prohibición a los delitos que se cometan con armas de fuego.
No obstante, la mayoría de los diputados rechazaron las propuestas de forma amplia, salvo en la última moción, que tuvo un resultado más ajustado, de 20 votos a favor y 22 en contra.
Ya el informe del Departamento de Servicios Técnicos había hecho una advertencia respecto al uso del término “armas contundentes”, pues se trata de un concepto indeterminado.
“Jurisprudencialmente se considera arma contundente cualquier objeto, incluso de uso común, que tenga la capacidad de generar una contusión, sin causar herida. Por ejemplo, arma contundente puede ser una fruta, una herramienta o hasta un paraguas”, advirtió ese criterio técnico.
Por esa razón, la recomendación de los técnicos fue revisar la racionalidad y la proporcionalidad de establecer una restricción propuesta de manera tan general.
De todas formas, dicha recomendación no fue escuchada por la mayoría de los diputados, y votaron el proyecto tal cual fue dictaminado por la Comisión de Seguridad.
“Con esta propuesta, lo que estamos haciendo es blindar y ajustar el texto a derecho, porque no se puede usar de manera indiscriminada”, explicó Larios, cuya solicitud tampoco fue escuchada.
Priscilla Vindas, del FA, puntualizó que la prohibición, tal como se aprobaría, aplicaría para cualquier amenaza que se realice con arma, ya sea de cualquier tipo, y no solamente en casos graves, sino en cualquier situación.
“Debemos tener muy presente la proporcionalidad. Esta moción se ha presentado siguiendo una recomendación de Servicios Técnicos, en cuanto a una buena aplicación y ejecución de la ley, sobre todo en materia penal”, dijo la frenteamplista.
