A propósito de las discusiones en la Asamblea Legislativa sobre el endeudamiento público, debemos tener presente:
1. El límite del endeudamiento anual del Gobierno lo fija la Asamblea Legislativa cuando aprueba el presupuesto ordinario. Este límite solo se puede modificar mediante un presupuesto extraordinario, acompañado de la certificación de ingresos emitida por la Contraloría General de la República, es decir, el endeudamiento total del Gobierno siempre está bajo control de la Asamblea Legislativa.
2. La suma total de los empréstitos (ya sea para inversión o para apoyo presupuestario) o los eurobonos o cualquier colocación de bonos que se realice en el mercado interno no puede sobrepasar el techo de endeudamiento aprobado por la Asamblea Legislativa.
3. Los eurobonos y los préstamos de apoyo presupuestario tienen como función sustituir fuente de financiamiento, es decir, no se captan fondos en el mercado interno, sino que en su lugar se utilizan esos fondos del exterior y se diversifica la fuente de financiamiento.
4. Al aprobarse un crédito o captar fondos con eurobonos, se realiza una sustitución en el endeudamiento anual autorizado por la Asamblea Legislativa, de forma que se disminuye el endeudamiento interno por un monto igual al monto de la captación o crédito del exterior.
5. Los préstamos de apoyo presupuestario o los eurobonos no tienen finalidades de gasto específicas. Se utilizan para financiar los gastos ordinarios aprobados por la Asamblea Legislativa en el presupuesto ordinario de la República.
6. Todo el endeudamiento en el exterior (eurobonos o empréstitos) tiene que pasar por la aprobación de la Asamblea Legislativa, con excepción de los créditos del FMI al Banco Central. Los créditos del FMI al Ministerio de Hacienda sí tienen que pasar por la aprobación de la Asamblea Legislativa.
7. El déficit fiscal es un flujo, no un monto fijo. Durante el año se amortiza principal e intereses y, a su vez, se captan montos para el financiamiento del Estado, tanto por la vía del crédito como de los impuestos y otros ingresos corrientes.
8. Una proyección correcta sobre la senda de la razón deuda a PIB debería tomar en consideración los diversos aspectos que influyen en esta relación, como lo son a) el balance primario, b) dinámica de la deuda (tasa de interés real de la deuda pública y tasa de crecimiento del PIB real), c) evolución del tipo de cambio y d) otros aspectos creadores de deuda, por ejemplo, los pasivos contingentes, así como la evolución esperada en un horizonte a mediano plazo. Tales aspectos se encuentran debidamente explícitos en el Marco Fiscal de Mediano Plazo que publicó el Ministerio de Hacienda en abril pasado, así como en el análisis de sostenibilidad de la deuda que se encuentra en el documento de la primera y segunda revisión del SAF por parte de la misión técnica del FMI.
9. Por lo anterior, todas las proyecciones estáticas de la deuda (por ejemplo, hoy se debe el 67% del PIB y con $12.000 millones más de deuda estará en el 90%) constituyen cálculos errados.
10. El déficit o superávit primario (balance primario) es la relación entre el gasto corriente sin los intereses de la deuda y los ingresos del Estado (impuestos y unos pocos ingresos no tributarios): si el resultado es positivo, tenemos superávit primario; si es negativo, un déficit primario.
11. El déficit o superávit financiero es la misma operación anterior, pero agregando al gasto corriente la suma de los intereses de la deuda: si el resultado es positivo, tenemos superávit financiero; si es negativo, un déficit financiero. En este caso, también se acostumbra a hablar de superávit o déficit fiscales, sin calificarlo.
12. Para reducir el peso de la deuda sobre el PIB es necesario: a) lograr superávits primarios de forma continua (mejorar ingresos y reducir o por lo menos sostener el gasto mientras la economía crece) y b) que la tasa de interés real (tasa de interés menos la inflación) que paga el Estado por su deuda sea más baja que la tasa de crecimiento de la economía.
13. Una línea de crédito de vencimiento anual (digamos de 100 millones) implica que a lo largo de 4 años el monto máximo de exposición será de 100 millones, porque el objetivo de la línea es su uso temporal y con vencimiento no superior al año, decir que eso sería un crédito de 400 millones es otra conclusión errada.
14. Cada vez que Hacienda o el Banco Central suben las tasas de interés, el incremento termina trasladándose a los créditos bancarios y, por tanto, no solo afecta la capacidad de compra de las personas, sino también la inversión de las empresas y con ello la generación de empleo.
15. El monto del pago de los intereses de la deuda está dentro del límite de la regla fiscal.
16. La amortización de la deuda no está contemplada dentro del límite de la regla fiscal.
El autor es exministro de Hacienda.
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