Un ajuste en disposiciones migratorias dado a conocer en agosto podría desestimular las solicitudes de visa para nómadas digitales, las cuales requieren una serie de trámites y pago de obligaciones.
Se trata de la modificación del artículo 8 del Decreto Ejecutivo N°36626-G del 23 de mayo del 2011, relacionado con el otorgamiento de visas de ingreso a Costa Rica.
Hasta el mes pasado, esa norma permitía que un extranjero no residente permaneciera en Costa Rica hasta 90 días consecutivos si cumplía con las directrices de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).
Cumplido ese plazo, los visitantes debían salir por algún punto fronterizo de Costa Rica y luego volver a ingresar a territorio nacional para extender su estadía hasta por otros 90 días.
Ahora, con la modificación, los extranjeros pueden quedarse hasta 180 días (un semestre completo) en Costa Rica antes de verse obligados a realizar esa salida temporal para regresar luego si lo desean, según lo establece el Decreto Ejecutivo N° 44187-MGP publicado en el Alcance 166 al diario oficial La Gaceta del 31 de agosto anterior.

Para Carlos Ricardo Benavides, exdiputado del Partido Liberación Nacional (PLN) y quien impulsó la legislación para nómadas digitales, esa nueva disposición desestimula la tramitación de autorizaciones para este tipo de visitantes e incluso para los que buscan el estatus de residente.
La razón es que la categoría migratoria de nómada digital implica que la persona interesada debe cumplir una serie de requisitos. Entre ellos están que debe percibir un salario mínimo mensual de $3.000 por su trabajo y $4.000 si viene con familia, además de contar con seguro médico.
“Ahora los visitantes de nuestros principales mercados, como son Estados Unidos, Canadá y países europeos pueden quedarse en territorio nacional sin gestionar autorización alguna”, explicó el político quien propuso la Ley para Atraer Trabajadores y Prestadores Remotos de Servicios de Carácter Internacional (Ley 10.208).
Esa ley y su reglamento pretendían seducir a estos trabajadores a formalizarse en Costa Rica porque sus altas remuneraciones se traducen en consumo y gasto en bienes y servicios en el país, lo cual, a su vez, contribuye a dinamizar economías locales en todo el territorio.
El cambio en la disposición migratoria, agregó Benavides, ahora permitiría a este tipo de trabajadores extranjeros de larga estancia quedarse un año, pues cada seis meses, al vencerse la estadía autorizada de 180 días, solo deben salir por algún punto fronterizo y luego volver a Costa Rica y permanecer seis meses más.
Todo esto lo harían sin invertir tiempo ni dinero para pedir el visado de nómada digital.
“Sí desestimula. La ventaja para el país del nómada digital es que debe pagar un seguro para gastos médicos hasta por $50.000, que es la póliza básica”, agregó.
De acuerdo con Rubén Acon-Toy, presidente de la Cámara Nacional de Turismo (Canatur), el cambio normativo generó posturas a favor y en contra, por lo cual no hay un criterio uniforme en el sector.
“Mi opinión es que en el tanto se le facilite la permanencia al turista bajo condiciones regulares, que no sea de manera fuera de la ley, en el tanto sea así, para mí es favorable”, indicó el empresario.
Para él, en la medida en que el visitante tenga condiciones de acceso fáciles, hará su gasto en el país.
Los nómadas aquí
Según datos de la Dirección de Migración, entre julio de 2022 y el 31 de agosto de 2023, se han extendido 565 visados de nómadas digitales a nacionales de 46 países. Encabezan las cifras Estados Unidos, Canadá, la Federación de Rusia y naciones europeas.
Entre los requisitos está adjuntar un comprobante de pago a favor del Gobierno por $100 o su equivalente en colones al tipo de cambio de referencia del Banco Central y una visa consular o restringida vigente, según sea la nacionalidad del solicitante.
Además de los estados de cuenta bancarios que certifiquen ingresos por $3.000, deben incluir una declaración jurada donde se indique que estos se solicitaron y obtuvieron a través de la entidad financiera correspondiente y en donde se respalde el ingreso.
Si no fuera así, entonces debe adjuntarse una certificación emitida por un contador público o notario público, en caso de trámites gestionados desde Costa Rica, o de los homólogos de estos en el exterior conforme a la normativa del país donde se certifique lo anterior.
Solo esa certificación deberá contar con la respectiva legalización consular o apostillada, lo cual eleva el gasto y tiempo invertido en todo el trámite.
Acón recordó que la Ley 10.208 también brinda muchas ventajas a quienes gestionen el visado. Por ejemplo, a un nómada digital se le reconoce la licencia de conducir emitida en el extranjero mientras esté vigente y con el sello puede abrir cuentas bancarias en el país. En cambio, turistas u otro no residente, no tienen esas posibilidades.