Los diputados de la Comisión de Derechos Humanos acordaron llamar a cuentas a la directora de Migración y viceministra de Gobernación, Marlen Luna, para que se refiera a los alcances de un decreto ejecutivo para refugiados que, según señaló la Sala Constitucional, viola los derechos humanos.
Su convocatoria fue aprobada, el pasado 26 de enero, mediante una moción promovida por Monserrat Ruiz, presidenta de la comisión y diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), quien recibió la queja de un grupo de mujeres migrantes que se sienten imposibilitadas de realizar algunos trámites.
Luna está a cargo de la dependencia que aplica dicha reglamentación firmada por la Presidencia de la República y el Ministerio de Gobernación y Policía.
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Adicionalmente, Ruiz envió un oficio al ministro de Gobernación, Jorge Luis Torres, para consultar los fundamentos jurídicos de los cambios realizados al Reglamento de Personas Refugiadas, mediante un decreto promulgado por la administración Chaves Robles, el pasado 1.° de diciembre.
La congresista manifestó preocupación en cuanto a la obligatoriedad que tienen ahora los refugiados y los solicitantes de refugio de mantener un seguro con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), así como su imposibilidad de trabajar.
También cuestionó los alcances del artículo 59 que establece que los solicitantes de refugio no pueden salir “ya sea a su país de origen o a un tercer país y que “el egreso de facto implicará el abandono tácito del proceso y el archivo del expediente administrativo”.
Antes del decreto de la administración Chaves Robles, los solicitantes sí podían salir de país, previo aviso a Migración, con la presentación de un formulario.
La Sala IV encontró que la nueva disposición es inconstitucional, pues violenta el artículo 31 de la Carta Magna que señala que “el territorio de Costa Rica será asilo para todo perseguido por razones políticas”.
Así lo resolvió el alto tribunal, el pasado 14 de febrero, al determinar que el Gobierno violentó los derechos humanos y constitucionales de un nicaragüense solicitante de refugio al impedirle que saliera del país con un permiso para viajar a Colombia con fines de académicos.
Los magistrados se basaron en un criterio de la Agencia de Naciones Unidas para Refugiados (Acnur) que resaltó los irrespetos al derecho internacional de los cambios que aplicó esta administración.
Luego de la notificación de la resolución, la Dirección de Migración informó de que pedirá a los magistrados una adición y aclaración. Mientras tanto, no anunció cambios en la norma, pese a los señalamientos de la Sala.
Migración alegó ante los magistrados que el decreto que reformó el reglamento respondía a una necesidad de crear normativa clara que permita mitigar el uso abusivo de muchas personas que son migrantes económicos, quienes han pretendido “desvirtuar” la figura de protección de refugio.
