El magistrado Fernando Cruz Castro dejó constancia de las amenazas y descalificaciones proferidas por el expresidente Rodrigo Chaves contra la Sala Constitucional, antes de que el Tribunal resolviera un recurso de amparo contra la subasta de frecuencias de radio y televisión, la cual fue finalmente anulada por basarse únicamente en un criterio económico sin dar garantías de pluralidad de voces en la sociedad.
Cruz advirtió de que las palabras del entonces mandatario tienen un efecto expansivo que lesiona la independencia judicial.
Así lo dijo en una nota con sus razones adicionales para declarar con lugar, el 27 de febrero, el recurso de amparo 25-031501-0007-CO.
El magistrado distinguió entre el daño personal y el daño sistémico de las amenazas. Dijo que la descalificación a jueces de la República no constituye una ofensa personal, pero sí una lesión a la independencia judicial.
“No me ofenden, no me intimidan, pero sí lesionan seriamente la independencia judicial”, escribió el alto juez.
Su argumento es sobre el peso del cargo presidencial al señalar que no es cualquier ciudadano quien descalifica y amenaza, pues esas expresiones vienen del primer ciudadano del país, quien encarna un liderazgo y guía para la ciudadanía.
Para Cruz Castro, esa diferencia convierte la descalificación presidencial en una señal con efectos expansivos sobre todo el sistema judicial.
“Las descalificaciones y amenazas del Presidente no son poca cosa, son trascendentales por su efecto simbólico expansivo. Resistiré amenazas e insultos, pero del presidente de la República espero prudencia y sabiduría, por el bien de la República, por el bien de la democracia.”
Para reforzar ese principio, Cruz Castro cita al político, filósofo y orador romano Cicerón (106 a. C. - 43 a. C.): “Conviene que el que obedece tenga la expectativa de mandar en alguna ocasión futura y el que manda debe pensar que en breve tiempo, debe obedecer”.
El poder, recuerda Cruz Castro, “va y viene, no es permanente, no es inamovible”.
El 29 de enero, en un acto público en Barrio San José de Alajuela, el entonces presidente Rodrigo Chaves se refirió a la Sala con estas palabras, reproducidas íntegramente en el expediente del amparo sobre la subasta de frecuencias:
“De hecho, me dicen que hoy la desprestigiada y ofensiva Sala Cuarta y sus siete magistrados tienen alineados a cuatro de ellos, para que René Picado Cozza, el de canal tele qué...? (...) siga teniendo lo que les pertenece a ustedes y explotando las frecuencias del pueblo para comprarse más aviones de lujo, más helicópteros, más casas en Miami y ¿quién sabe dónde? (...) y si votan ese fallo, me van a escuchar por años; presidente o no".
La Presidencia de la República y el Ministerio de Hacienda fueron consultados sobre los señalamientos del magistrado Cruz Castro en relación con las expresiones de Chaves Robles. Al publicarse este artículo, ninguna de las dependencias había respondido la consulta.
Espectro como soporte de la democracia
Cruz Castro agregó que la subasta, como mecanismo, es incompatible con el pluralismo que exige la Constitución.
Dijo que, detrás de la baja participación en los concurso, hay voces con función pública reconocida en la forma de emisoras de múltiples diócesis regionales, indígenas y comunitarias y también de las universidades públicas, y que ninguno participó porque los precios base y la lógica del mayor postor los excluían.
Para él, la subasta excluyó la participación y visión democrática de la comunicación, tanto en su creación como en su recepción por no considerar la difusión de ideas en una democracia.
Para el magistrado, el espectro radioeléctrico constituye el soporte material de una democracia deliberativa de múltiples voces.
“Demasiado simple la subasta, tiene vocación monopólica, como si la comunicación de ideas solo dependiera de la oferta del medio más poderoso económicamente”, escribió el magistrado constitucional.
El espectro radioeléctrico es, en su análisis, un bien de dominio público cuyo valor económico “debe armonizarse con el uso y disfrute de derechos tan fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información, el pluralismo de pensamiento y la democracia mediática en sentido amplio”.
El magistrado cita también el artículo 46 de la Constitución, que prohíbe los monopolios, y advirtió de que “el criterio económico es la antesala de un monopolio o un oligopolio mediático”.
Comunicación formativa, no mercado
Según su propio análisis, la comunicación es un medio de educación e instrumento determinante de la socialización pública, lo cual exige una política pública más allá de las subastas que contemple la actividad de los medios como instrumento de formación en valores políticos, sociales y culturales.
En palabras de Cruz, permitir que sea “el que paga más el que impone su agenda y su discurso” vacía de contenido la diversidad de medios que el ciudadano requiere para ejercer a plenitud su libertad de opinión y de conciencia.
Para demostrar que pluralismo y viabilidad económica del Estado son compatibles, Cruz Castro cita el modelo francés.
Desde 2022, la Autorité de Régulation de la Communication Audiovisuelle et Digitale (Arcom) asigna frecuencias de radio y televisión no mediante subastas económicas, sino mediante concursos públicos gratuitos basados en compromisos editoriales.
Los operadores no pagan por la frecuencia, pero firman contratos vinculantes que incluyen cuotas de producción nacional, respeto al pluralismo político y protección de audiencias.
Su misión, subraya el magistrado, no es solo técnica, sino de “policía de la libertad”, asegurando que el espectro refleje la diversidad de corrientes de pensamiento.
