Natalia Gamboa, hermana y abogada del exmagistrado penal Celso Gamboa Sánchez, solicitó al Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública que obligue a la experiodista de La Nación, Mercedes Agüero, a revelar una fuente.
La defensora pretendía que Agüero mencionara quién le suministró, en octubre del 2017, una queja que la jefa de prensa del Ministerio Público, Tatiana Vargas, presentó ante el Tribunal de la Inspección Judicial.
En ese documento —el cual La Nación publicó en exclusiva en aquella ocasión—, Vargas narró cómo el entonces fiscal adjunto, Celso Gamboa, habría intervenido en favor del exalcalde de San José, Johnny Araya, para eliminar su nombre del sistema informático del Ministerio Público, donde figuraba como imputado por un supuesto delito de influencia contra la hacienda pública.
La petición de Natalia Gamboa ocurrió minutos después de que, durante su comparecencia como testigo en un juicio contra Celso Gamboa, la reportera Mercedes Agüero se negó a revelar cómo obtuvo la queja, alegando que tiene derecho a proteger sus fuentes y a no revelar sus nombres.
En contraposición, la defensora de Celso Gamboa argumentó que ningún derecho es absoluto y que existe jurisprudencia de la Sala Constitucional que valida esa tesis cuando se trate de causas penales.
La abogada hizo el planteamiento en el juicio que se desarrolla en el II Circuito Judicial de San José, en contra Gamboa, Johnny Araya y la exfiscala Berenice Smith, por presunto tráfico de influencias.
Natalia Gamboa alegó que este caso se creó desde la Fiscalía General para afectar a su defendido y que, como parte de esa estrategia, se “instrumentalizó” a La Nación, dándole información parcial.
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Su posición fue secundada por Alfonso Ruiz, abogado de Johnny Araya; y por los abogados de Federico Campos y Francisco Dall’Anese, quienes defienden a la exfiscala adjunta, Berenice Smith.
La petición de Natalia Gamboa fue analizada por los jueces Franz Paniagua, Rosaura García y Alfredo Arias, quienes suspendieron la audiencia minutos antes del mediodía.
¿Qué resolvieron los jueces?
Más tarde, poco antes de las 2 p. m., el Tribunal Penal de Hacienda rechazó la solicitud de Natalia Gamboa.
Luego de deliberar sobre el asunto, los jueces Franz Paniagua, Rosaura García y Alfredo Arias consideraron que la solicitud de la abogada de Gamboa no era pertinente.
El juez Arias, quien preside el tribunal, afirmó que, ante una petición de ese tipo, debe hacerse un análisis de necesidad y proporcionalidad, de manera que el Tribunal verifique si existe otra medida menos gravosa que pueda alcanzar el mismo fin.
“La restricción debe ser equilibrada, es decir, la afectación al derecho no debe ser mayor al beneficio que se obtiene. Esta cámara no considera que el derecho de la protección de las fuentes periodísticas deba ceder, toda vez que con ello no se afecta o se beneficia el principio de averiguación de la verdad real", dijo Arias.
El juez explicó que el documento obtenido por la periodista fue emitido más de un año después de los hechos que motivaron el juicio actual por presunto tráfico de influencias, “por lo que no se observa la pertinencia de la restricción del derecho aludido como un mecanismo útil para la averiguación de los hechos acusados”.
¿Qué se indaga en el juicio?
En este juicio se indaga cómo, de previo a las elecciones municipales del 2016, Johnny Araya, entonces candidato a alcalde de San José, al parecer, obtuvo un documento con ayuda de Celso Gamboa y Berenice Smith para demostrar que no era imputado en una causa en específico.
Posteriormente, Araya le entregó ese documento a Mercedes Agüero, quien en ese entonces elaboraba un reportaje sobre los procesos que afrontaban los aspirantes a alcaldes.
La tesis del Ministerio Público es que la entonces fiscala Natalia Rojas ordenó borrar el nombre de Johnny Araya tras una reunión con Gamboa y Smith y que fue hasta ese momento que ella le respondió a Araya, en una nota, que él tenía la condición de denunciado y no de imputado en esa causa judicial.
Esos hechos se investigan en el expediente N.° 17-000039-0033-PE y fueron elevados a juicio en el 2021, año en que se dictó un absolutoria por el principio in dubio pro reo, es decir, por duda.
Sin embargo, el fallo fue anulado por el Tribunal de Apelación en mayo del 2023, que ordenó realizar un juicio de reenvío, el cual se está desarrollando en este momento.