El Juzgado Concursal acogió una medida cautelar solicitada por el Grupo Corporativo Tres Erres y sus subsidiarias para evitar el remate de una finca considerada clave para el giro comercial de la empresa, que presentó un proceso concursal en marzo pasado.
La Nación tiene copia del expediente 25-000048-0958-CI, presentado el 14 de marzo ante el Juzgado Concursal de San José, que incluye la solicitud de medida cautelar para frenar el remate de una finca vinculada a un fideicomiso y la resolución que acogió dicha petición.
El fideicomiso de garantía Tres Erres S. A.–REYVA S. A.–COFIN–ATI-1241-2022 se constituyó el 22 de mayo del 2022. En el instrumento se incluyeron dos fincas; una de ellas es la que se pretendía rematar.
Manuel Briceño, abogado de Grupo Corporativo Tres Erres S. A., solicitó el 4 de abril una medida cautelar intraprocesal inaudita altera parte contra ATI Capital Solutions, acreedor y fideicomisario, y Consultores Financieros (Cofin), en calidad de fiduciario.
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“Esta finca que se pretende rematar es patrimonio activo primordial para el giro comercial de las empresas, pues la misma funge como bodega de almacenaje de equipo, repuestos, y centro de operación logística comercial del G.I.E.”, argumentó Tres Erres.
La empresa informó de que solicitó la medida urgente porque el remate paralizaría el negocio y afectaría gravemente su desarrollo comercial. La firma se especializa en la reparación de vehículos.
“Aquí no se pretende anular el derecho de ejecución de los acreedores; lo que se solicita es una suspensión temporal de la ejecución hasta que se resuelva el proceso principal, y con ello, eventualmente todos los acreedores puedan hacer valer sus derechos”, externó Briceño en su solicitud.
El 25 de abril, en la sentencia N.° 2025000050, la jueza Ximena Jiménez Soto acogió la medida y ordenó a ATI Capital Solutions y a Cofin suspender los remates y abstenerse de ejecutar los bienes del fideicomiso, tanto judicial como extrajudicialmente.
“Las medidas que se acogen tienen como principal efecto garantizar la integridad del proceso concursal tendiente a proteger el activo concursal y en este estrado la empresa en marcha“, señaló la jueza.
En la resolución, la jueza explicó que si el remate no había sido notificado al deudor cuando se presentó la solicitud formal del concurso, el proceso de ejecución debía suspenderse.
En este caso, la notificación del remate fue posterior a la solicitud del proceso concursal del 14 de marzo. “Lo que hace presumir que dicha notificación de señalamiento se da posterior a la interposición de la solicitud del concurso, no existiendo fecha de remate previa”, indicó la jueza.
En la solicitud, Briceño manifestó que el viernes 21 de marzo fueron notificados por Cofin sobre el remate de la finca incluida en el fideicomiso, ubicada en Alajuela, programado para los días 30 de abril, 9 de mayo y 19 de mayo del 2025.
El fideicomiso de garantía tiene como finalidad asegurar a ATI Capital Solutions el pago de un crédito por $771.482 otorgado a Tres Erres S. A., según consta en una copia del contrato entre las partes.
La empresa que solicitó el proceso concursal explicó que la finca que se pretendía rematar tiene un valor que es un 80% superior al monto suscrito en el crédito, por lo que su venta afectaría su patrimonio y perjudicaría a los demás acreedores.
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Oposición
La empresa ATI Capital Solutions, acreedora y fideicomisaria, interpuso una oposición formal a la decisión del Juzgado Concursal de acoger la medida cautelar solicitada por Tres Erres.
Entre los argumentos presentados, señaló que la finca en cuestión no es un activo esencial para el giro comercial de Tres Erres, sino un inmueble de recreo familiar.
“Las medidas cautelares solicitadas deben ser rechazadas. No basta que una parte presente una demanda y solicite la adopción de medidas cautelares. Para pedirlas y para decretarlas es indispensable que se cumplan los requisitos y presupuestos materiales que justifiquen su decreto”, externó ATI Capital al Juzgado.
Este acreedor solicitó un reconocimiento judicial para constatar que la finca es de recreo familiar y que no existen bodegas de almacenamiento ni instalaciones vinculadas al giro comercial de Tres Erres. También pidió que se anulen las medidas cautelares que impiden el remate, así como una condena en costas para los solicitantes.
De momento, Briceño, abogado de Tres Erres, confirmó que no ha habido remate de propiedad alguna, ya que la medida cautelar permanece en firme, lo que impide la venta de los inmuebles mientras avanza el proceso preventivo.
