La extradición del exmagistrado penal Celso Gamboa Sánchez y del exconvicto Edwin López Vega, alias Pecho de Rata, recibió el aval final este viernes en el Tribunal Penal de San José.
Según tuvo conocimiento La Nación, el juez penal Christian Alfaro Jiménez revisó las garantías formales enviadas por el gobierno de Estados Unidos y autorizó la salida de los costarricenses, para que enfrenten en Texas una causa por narcotráfico.
Específicamente, el Tribunal de Apelación de Sentencia de San José, al resolver una gestión previa, había requerido una garantía de que los acusados no reciban, eventualmente, una condena más alta que la pena máxima aplicable en Costa Rica: 50 años.
Asimismo, la promesa de que se descontará de una eventual pena el tiempo que los imputados han permanecido en detención provisional en Costa Rica.
En el caso de Pecho de Rata, existe una condición adicional, pues Estados Unidos se comprometió a no juzgarlo por hechos anteriores a 2014, pues dichas causas ya fueron condenadas en Costa Rica.
“Se dispone la entrega material de los señores Celso Gamboa Sánchez y Edwin López Vega a las autoridades competentes del Estado requirente, al cual se le concede un plazo de dos meses para gestionar lo correspondiente a partir de la notificación de esta resolución”, se lee en la última página de la resolución del juez.
El exmagistrado penal y el exconvicto se convertirán así en los primeros nacionales extraditados luego de la reforma constitucional aprobada en mayo de 2025.

Detalles de la resolución
La resolución final, que autoriza la salida de Gamboa y López, se dictó a las 11:15 a.m. de este viernes 13 de marzo. Además de confirmar que se aplicaron criterios de oportunidad para suspender causas que estaban pendientes de juicio en Costa Rica, y así agilizar el proceso de extradición, el juez revisó las garantías enviadas por autoridades estadounidenses.
Por ejemplo, que el gobierno norteamericano respetará lo establecido en el artículo 16 del Tratado de Extradición entre los Gobiernos de Estados Unidos y Costa Rica, donde se establece que una “persona extraditada podrá ser detenida, juzgada o sancionada en el Estado requirente, únicamente por delitos por los cuales haya sido concedida la extradición”.
Además, que en caso de ser declarado culpable, no se requerirá cadena perpetua, ni una pena mayor a 50 años.
Iguales criterios se citan en relación a López Vega, que ya había descontado penas en Costa Rica por narcotráfico, por delitos cometidos previo a la reforma constitucional.
Michael Castillo, abogado de Celso Gamboa, confirmó la resolución e indicó que se dedicó a verificar las garantías solicitadas, entre ellas, que no haya trato denigrante para su representado, y que no puede ser juzgado por hechos que no estuvieran contemplados en la solicitud de extradición.
Colaboró en esta información Natalia Vargas.

