Fredy Daniel Martínez Domínguez, un vendedor ambulante de 37 años en la actualidad, fue sentenciado por comercializar camisetas, gorros, bufandas y llaveros falsos de la Liga Deportiva Alajuelense (LDA). La actividad por la cual recibió un castigo se presentó en el 2018 y era desarrollada al costado sur del estadio Alejandro Morera Soto, en Alajuela.
La sentencia 000297–2021, de la cual La Nación tiene copia, detalla que el hombre aceptó los cargos el 27 de abril del 2021, en la audiencia preliminar, y se acogió a un proceso abreviado, por lo cual Alejandra Arce González, jueza del Tribunal Penal de Alajuela, le impuso una pena de ocho meses de prisión y le ordenó pagar al conjunto rojinegro ¢21,1 millones por los daños económicos y de imagen.
Esa decisión está en firme, pero Martínez no está en la cárcel, ya que al carecer de antecedentes penales y tener arraigos familiares se le otorgó un beneficio de ejecución condicional de la pena, siempre y cuando no cometa en los próximos tres años ningún delito doloso que implique un encarcelamiento de más de seis meses.
Dentro del 18–001319–305–PE se acusó al comerciante callejero de incurrir en un delito de infracción al artículo 45, inciso c, de la Ley de Procedimientos de Observancia de Propiedad Intelectual, que castiga la “venta, almacenamiento y distribución de productos fraudulentos” que contengan o incorporen una marca ya registrada, como en este caso es la de LDA.
Los hechos se remontan al 17 marzo del 2018, cuando antes de un partido un funcionario del club rojinegro se dio cuenta de la venta ilícita y alertó a la Policía de Control Fiscal (PCF) para que se encargara de las diligencias pertinentes. A raíz de esto, al hombre le decomisaron 417 camisetas, 49 gorros, 26 bufandas y seis llaveros de guantes, todos con el logo de Alajuelense.
Aunque el sujeto vendía las prendas a un monto mucho más bajo que el de las originales, se estimó en la acusación de la Fiscalía y la querella que si la institución hubiese vendido todo lo confiscado a Martínez, las ganancias estimadas serían ¢16,1 millones.

Posición del club y su abogado
Sobre la situación, Rodolfo Víquez, gerente general de conjunto erizo, explicó que en este caso decidieron tomar medidas porque “nuestra responsabilidad como club es velar por los intereses de la Asociación, donde cada recurso que se genera es para invertirse en la misma institución, desde las ligas menores masculinas y femeninas hasta los primeros equipos”.
Agregó que la condena emitida en este caso “es muy importante, ya que los recursos que genera nuestra marca institucional nos brinda la oportunidad de crecer en todos los campos”, por lo que a futuro podrían seguir tomando este tipo de medidas.
Por su parte, Emilio Arana Puente, abogado de la Liga en este caso, detalló que tanto este caso como el de las camisetas de la Selección Nacional de Fútbol de Costa Rica, pese a ser bastante diferentes entre sí, son un precedente fundamental para combatir la venta ilegal de productos fraudelentos.
“Estas decisiones son muy importantes porque efectivamente el adquirir, comercializar, almacenar una prenda que no es original puede acarrear una responsabilidad penal y civil a una persona”, dijo Arana, quien reconoció que todo esto es un proceso para crear conciencia en la población de las consecuencias que generan este tipo de acciones ilícitas.
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El caso en detalle
La acusación fiscal contra Martínez precisa que él, “con pleno conocimiento de su actuar adquirió para la venta, productos fraudulentos, los cuales incorporaron la marca registrada de la Liga Deportiva Alajuelense, identificada con su signo distintivo ‘escudo’ y las siglas ‘LDA’ como logotipo registrado, así como la marca asociada ‘Kelme’”.
La pieza acusatoria agrega que aquel 17 de marzo del 2018, el hombre “sacó la mercadería que conocía falsa o no autentica y con el objetivo de comercializarla, las ofreció en venta a los terceros que por la zona pasaban”.
Para la juzgadora Alejandra Arce, esos hechos se tuvieron por probados en el proceso, no solo por la admisión de los hechos que hizo Martínez, sino también por la prueba documental que fue aportada al expediente, entre ellas un informe de un perito que ratificó la falsedad de los artículos a partir del “material de las telas, logos y etiquetas internas de datos de fabricación”.
“Luego de haber analizado la totalidad de la prueba que fue admitida para la solución de este asunto, se ha tenido por demostrada la existencia de los hechos acusados, el daño causado y su atribuibilidad al acusado Fredy Daniel Martínez Domínguez, quien además estuvo de acuerdo en la aplicación del proceso abreviado, de viva voz y sin presiones de ningún tipo admitió haber cometido los hechos acusados. Las partes, Ministerio Público, defensa, querellante y actor civil, estuvieron de acuerdo, en la aplicación del proceso abreviado en el presente caso”, precisa la sentencia.
El abogado Arana aseguró que esta decisión es “la pequeña punta de la montaña iceberg que está mostrando que estos casos no quedan impunes”, por lo que los vendedores que cuentan con productos ilícitos deben sopesar esto antes de de ponerlos a disposición de los clientes.