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Jonathan Canales tenía antecedentes por violencia intrafamiliar. Foto: Cortesía.
Un hombre que a inicios de este año intentó matar a su excompañera sentimental en Sardinal de Carrillo, Guanacaste, deberá descontar 30 años de prisión.
Esa vez, después de sacar a la fuerza a la mujer de un negocio e intentar ultimarla con un machete, Jonathan Canales Gallo se escondió dentro de la casa cural de la iglesia, donde fue sorprendido por el sacerdote Marcos Morales, quien, con arma de fuego, ayudó a su captura.
El párroco de Sardinal tuvo que hacer uso de su arma de fuego cuando al llegar a la casa cural, después de pasear a sus perros, encontró en la parte de atrás del jardín al sujeto que huía de la Policía.
Para amedrentarlo, el clérigo hizo dos detonaciones a tierra y le ordenó que se detuviera, pero el hombre más bien se metió a la casa cural, anduvo por el techo y luego intentó brincarse un muro.
Como no hacía caso, el sacerdote le volvió a decir que se detuviera y volvió a disparar a tierra, por lo que el sujeto se detuvo en la parte alta del muro, hasta que segundos después lo detuvieron oficiales de la Fuerza Pública, que habían escuchado las tres detonaciones.
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Según datos del Poder Judicial, Canales ya había afrontado una causa por robo agravado. Incluso en su domicilio electoral del Tribunal Supremo de Elecciones aparecía en el ámbito D de La Reforma, en Alajuela
Desde su captura por el presente caso ha estado preso en el Centro de Atención Institucional Calle Real, de Liberia.
A punto de matarla
La Fiscalía Adjunta de Santa Cruz había presentado el expediente ante el Tribunal de Flagrancia de la zona, que posteriormente lo remitió a la vía ordinaria. Es en esta última donde el caso se elevó a juicio el 30 de junio anterior.
Luego de escuchar a las partes y a varios testigos, entre ellos la víctima y el sacerdote Morales, el Tribunal declaró por unanimidad a Canales como autor responsable de dos delitos de tentativa de homicidio simple.
Además se le condenó por dos delitos de privación de libertad agravada y uno de incumplimiento de medida de protección.
Le lectura integral de la sentencia ocurrió el martes 6 de julio, empero, el condenado puede apelarla. Así las cosas, el Tribunal también ordenó prorrogarle la prisión preventiva por seis meses del 13 de julio del 2021, al 13 de enero del 2022, mientras el fallo adquiere firmeza.
El 15 de enero Jonathan Canales, de 35 años, quedó grabado en varios videos cuando agredía a su excompañera.
El hombre la arrastró a la fuerza y la hirió con un arma blanca en una de sus manos.
Al ver que había gente cerca, el sujeto optó por la huida, pero su intento falló.
La mujer, de apellidos Mesén Muñoz, de 37 años, es madre de tres menores. Ella había interpuesto medidas de protección ante las acciones y amenazas del sujeto.
Armado desde el 2012
El cura Marcos Morales, quien además es canciller de la diócesis de Tilarán Liberia, dijo que desde el 2012 usa arma, ante la inseguridad en la zona y porque a uno de los anteriores párrocos llamado Límaco Rodríguez, ya lo habían asaltado en la casa cural e incluso lo habían vapuleado.
La iglesia católica informó de que la legislación canónica actual no prohíbe expresamente la portación de armas por parte de clérigos y remite a la legislación particular, es decir cada obispo autoriza en su diócesis, dependiendo de circunstancias particulares que se analizan.
Lo que sí mantiene la legislación actual es la prohibición al clero a realizar servicio militar, pero también permite al obispo diocesano autorizar o no a un sacerdote a que lo realice.
Los capellanes de la Fuerza Pública, que brindan servicios de asistencia espiritual a la Policía en todo el país, no portan desde hace varias décadas armas de fuego, según dijo el capellán general Alexander Ramirez Arguedas a través de la oficina de prensa de la Conferencia Episcopal.
El cura de Sardinal decidió usar arma para defensa personal y tiene toda la documentación en regla.
Lo hace porque vive solo y porque regularmente atiende celebraciones en otros poblados donde a menudo se traslada por caminos sumamente solitarios para atender celebraciones que a veces terminan de noche.
La sentencia que cierra este caso estuvo a cargo de la jueza Amelia Robinson Molina, acompañada por Maurice Ghesquiere Briceño y Luis Daniel Montero Rojas.
El asunto se analizó en el expediente 20-001904-0412-PE.