Ante cuestionamientos públicos de los últimos días, el Poder Judicial aclaró los motivos por los cuales Eduardo Ramirez Zamora, de 43 años, condenado por asesinar a su vecino en Guachipelín de Escazú, permanece en arresto domiciliario.
Según la Oficina de Prensa del Poder Judicial, Ramírez pasó de prisión preventiva a arresto domiciliario con monitoreo electrónico por razones médicas, avaladas por el Tribunal Penal de Pavas desde el pasado lunes 5 de mayo.
El 20 de diciembre del año anterior, Ramírez se sometió a un proceso especial abreviado en el que aceptó los delitos de homicidio y agresión con arma que derivaron en la muerte de su vecino, Otoniel Orozco Mendoza.
Sin embargo, la pena de 20 años y dos meses de cárcel no está en firme, porque hay una apelación pendiente de resolución. Mientras tanto, Ramírez permanecía en prisión preventiva.

Mediante un comunicado, el Poder Judicial explicó que la sustitución de la medida cautelar se basa en informes médicos oficiales que evidencian que Ramírez fue sometido a una cirugía necesaria por una condición de salud grave y que el sistema penitenciario no puede garantizar la atención médica, tratamiento ni alimentación requeridos para su recuperación.
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Antes de esta resolución, ya se habían autorizado dos traslados temporales con custodia penitenciaria para que el imputado recibiera atención especializada. No obstante, el Poder Judicial sostiene que un dictamen forense concluyó que su estado de salud exige condiciones que no pueden ser satisfechas en el contexto carcelario.
Tras la resolución del Tribunal, la medida extracarcelaria rige hasta el 3 de setiembre de 2025, fecha en que vencía la prisión preventiva, y será supervisada mediante un dispositivo de monitoreo electrónico, “esto debido a que la Fuerza Pública informó su imposibilidad material de realizar visitas periódicas, como se había dispuesto inicialmente”.
Las autoridades judiciales recalcaron que el arresto domiciliario se cumple en un sitio distinto al de residencia de la víctima y que tanto la Fiscalía como la defensa y la representación de la parte ofendida pueden solicitar una revisión si se modifican las circunstancias actuales.

Homicidio tras disputa vecinal
El crimen por el que Ramírez fue investigado obedece a una discusión, inicialmente, entre vecinas por una llave de paso de agua potable en el condominio Río Palma, el 3 de junio del 2024. En un video de seguridad que captó el incidente, se observa que, tanto Ramírez como Otoniel, salen de sus casas al jardín mientras sus esposas discuten.
Ramírez carga un arma y la coloca en su cintura. Minutos después, tras un intento de agresión de Orozco, el imputado saca el arma y le dispara en al menos nueve ocasiones.
La Cruz Roja llegó al sitio, pero Orozco ya no presentaba signos vitales. El empresario nicaragüense naturalizado costarricense era padre de una menor de un año y un joven de 19. Residía en Escazú desde hacía algunos años, tras haber vivido en La Peregrina de La Uruca.