
La trata de personas se convirtió este año en un delito más común que en el 2025.
Según datos del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), en los primeros siete meses de este 2026 ya se presentaron 43 denuncias, superando en seis casos las reportadas durante todo el año anterior.
De las 43 denuncias en este año, 37 fueron por explotación sexual, en su mayoría contra mujeres, cuatro por explotación laboral y dos por mendicidad, que ocurre cuando un padre envía a su hijo a pedir dinero en la calle.
El OIJ también inició investigaciones por posibles matrimonios forzados; sin embargo, no se confirmaron porque la presunta víctima no lo describió como tal, afirmó Freddy Valverde Campos, investigador de la Sección Especializada en Violencia de Género, Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes.
La trata puede ocurrir también cuando una persona extranjera entra al país de manera irregular y alguien más se aprovecha para amenazarla con que la va a denunciar en Migración si no realiza trabajos forzados, como labores domésticas, detalló Valverde, quien brindó las declaraciones en el marco del Día Mundial contra la Trata de Personas, que se conmemora cada 30 de julio.
El investigador recordó uno de los mayores casos de trata, trascendido el año anterior, cuando 11 sospechosos fueron detenidos el 16 de julio del 2025 por presuntamente formar una banda de explotación sexual vinculada al grupo criminal venezolano Tren de Aragua.
La Fiscalía había detallado que el grupo captaba mujeres extranjeras en situación de vulnerabilidad, las trasladaban a Costa Rica con promesas falsas, y luego las sometían a explotación sexual mediante amenazas, deudas impagables, maltrato psicológico y control extremo.
En aquel momento, el OIJ ubicó a 200 personas como víctimas de la organización, que operaba en San José, Alajuela y Garabito de Puntarenas.
Este último cantón, en especial la ciudad de Jacó, ha sido señalado como el epicentro del turismo sexual en Costa Rica, reconocido así por vecinos, prostitutas y turistas, en su mayoría estadounidenses, que visitan el país con ese propósito.
El Código Penal establece penas de seis a diez años de cárcel a quien, bajo amenazas o engaño, someta a alguien a trabajos forzados, explotación sexual, matrimonio servil, adopción irregular, embarazo forzado, adopción irregular o aborto forzado.
La pena puede ser de ocho a 16 años si la víctima es menor de edad, adulta mayor o persona con discapacidad; si el autor es cónyuge, conviviente o pariente de la víctima, así como si se prevalece de su relación de autoridad o confianza con la víctima, o se aproveche del ejercicio de su profesión.
También es un agravante el hecho de que la víctima sufra un daño grave en su salud o la muerte, si el delito es cometido por un grupo de dos o más personas, y si el autor actuó realizando intermediación en solicitudes de acogimiento prenatal.
