
Un adulto mayor que le traspasó una propiedad a su sobrina, y luego reclamó que él había sido engañado, perdió la demanda y fue condenado a pagar ¢2,7 millones por las costas del proceso, al no poder demostrar sus afirmaciones en el debate.
El Tribunal Civil de Primera Instancia de Heredia concluyó, en la sentencia del 26 de julio del 2023, que Martín, el demandante, sí dio su consentimiento al firmar el traspaso, a pesar de que él afirmó que su sobrina Ileana le había pedido “prestada” la finca.
Ambos nombres son ficticios para proteger la identidad de los involucrados.
El expediente 22-000086-1624-CI aún no está archivado, pues la parte demandante presentó un recurso de casación ante la Sala Primera, que luego de tres años sigue sin resolverse.
El terreno en cuestión es descrito como una finca en Santo Domingo, con extensión de 141 metros cuadrados y un valor fiscal de casi ¢9 millones, según las certificaciones aportadas en el 2022. Martín, quien ahora está hospitalizado por una caída, aún vive en ese terreno, y al lado habitan Ileana y su madre.
La versión de Martín es que la sobrina le hizo la propuesta el 27 de marzo del 2020, con la excusa de que necesitaba solicitar una paja de agua (conexión con la tubería) ante el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) para su propio lote colindante, pero por la poca extensión de su terreno no le otorgaban el permiso, por lo que necesitaba sumar la extensión de ambas fincas.
Supuestamente, una vez se completara la gestión ante el AyA, ella le devolvería la finca.
El demandante afirmó que descubrió el supuesto engaño unos dos meses después, cuando él mismo acudió al AyA a tramitar una paja de agua, ya que a su hermano recién le habían aprobado el servicio. Supuestamente, ese día un funcionario le indicó que la finca ya no estaba a su nombre.
Uno de los argumentos principales de la demanda es que Ileana se habría aprovechado de que el señor no tiene escolaridad formal, no sabe leer ni escribir y su firma solo la dibuja.
Ileana defendió una donación legítima
En respuesta a la demanda, su sobrina calificó esas afirmaciones como “falsas, calumniosas y temerarias”, y aseguró que su tío decidió voluntariamente donarle la finca, para luego reclamarle que la diera en usufructo.
Ella señaló que la historia de Martín carecía de lógica, y agregó que él vivía con Ileana y su madre, donde recibía alimentación, lavado de ropa y demás cuidados. “El actor empieza a reclamar, de una manera muy prepotente y grosera, sobre todo a mi madre, que él debe tener el usufructo de la finca, a lo cual le indico que no tengo problema, para ponerle fin al maltrato a mi madre”, apuntó.
Posteriormente, relató Ileana, su tío le reclamó a su hermana por haberle cortado unas matas de plátano. Según el señor, la sobrina intervino gritándole insultos y diciéndole que “no era dueño de nada”.
Después de este altercado, tanto Martín como su sobrina solicitaron medidas de protección. El Juzgado de Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de San José acumuló ambos expedientes y dictó la sentencia 609-2022, el 28 de marzo del 2022, resolviendo mantener las medidas de protección de forma recíproca (para ambos) por el plazo de un año, ordenando que mantuvieran distancia y no se agredieran.
Más de dos meses después de esta sentencia, el 7 de junio del 2022, el adulto mayor presentó la demanda.
Argumentos del Tribunal
Los jueces reconocieron que Martín es una persona adulta mayor e iletrada, lo que lo coloca en una posición de vulnerabilidad. Sin embargo, consideraron que “esto no lo exonera de forma automática de la carga probatoria de los hechos alegados, debía aportar elementos probatorios que demostraran el error del consentimiento alegado”.
Un testimonio determinante fue el del notario, de apellido Montero, quien afirmó que él leyó y explicó las escrituras a las partes antes de concretar la donación.
“El notario incluso manifestó que el señor personalmente le solicitó a su persona la posibilidad de constituir un usufructo, teniendo conocimiento de dicha figura jurídica”, indica la sentencia.
Aunque la parte demandante presentó dos testigos mujeres que respaldaron la tesis del supuesto engaño, los jueces determinaron que ellas no presenciaron el traspaso, por lo que sus palabras no poseían “valor probatorio”.
Reclamos en casación
El abogado de Martín, Juan Carlos Castro, elevó el caso a la última instancia, la Sala Primera, recurso en el cual manifestó que el adulto mayor es vulnerable y por lo tanto, según tratados internacionales y la Constitución Política, debe tener protecciones especiales en materia patrimonial y penal que el Tribunal de primera instancia no consideró.
Agregó que en el juicio, Martín demostró que “era evidente su problema de comprensión y su falta de capacidad para entender lo que se le pone de frente; ese tema no fue abordado por el tribunal sentenciador de manera alguna”.
También impugnó que se le haya condenado al pago de ¢2,7 millones solo por haber perdido el juicio, pues sostuvo que el actor litigó “de buena fe”, ya que él creyó firmemente haber prestado la finca y no haberla donado. Además, afirmó que ahora está obligado a pagar “un monto de honorarios que ni siquiera podrá cubrir”.
