
La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo que cuestionó y denunció las intervenciones realizadas en el Teatro Nacional de Costa Rica (TNCR) durante octubre y noviembre de 2025, las cuales ocasionaron “daños irreversibles” en elementos históricos del inmueble patrimonial.
Los magistrados acogieron el recurso por unanimidad debido a la “falta de coordinación, deber de cuidado y fiscalización en las obras de restauración aludidas”.
El órgano también le ordenó a Jorge Rodríguez Vives, ministro de Cultura y Juventud; José Fernando Madrigal Fallas, director de la Dirección de Patrimonio Cultural (DPC) y Guillermo Madriz Salas, director del Teatro Nacional, que deben concluir el proceso administrativo para determinar las responsabilidades disciplinarias del caso en un plazo de dos meses.
Asimismo, se ordenó la suspensión inmediata de las obras tanto en las puertas como en las piedras de los muros perimetrales del teatro.
Según se expuso en el recurso de amparo, las sisas (espacio que separa las piedras) fueron cortadas y ampliadas con una esmeriladora, para luego ser rellenadas con concreto. Este material resultaría incompatible con la piedra original, ya que impide su movimiento natural y provoca fracturas.
Las puertas, por su parte, presentan deformaciones en la moldura y fallas en el cierre tras habérseles aplicado masilla plástica automotriz y un lijado inadecuado, según señaló un informe de la Dirección Patrimonial Cultural (DPC).
Las intervenciones en las puertas se suspendieron desde el 20 de diciembre de 2025, cuando el ministro de Cultura anunció la apertura de una investigación y formalizó la paralización en los trabajos relacionados con repellos y elementos asociados.
En ese sentido, la Sala le ordenó a Rodríguez que finalice el “procedimiento administrativo que inició” y, de ser procedente, “determine las responsabilidades disciplinarias que correspondan”.
Daños hallados en el proceso
“(Las) puertas fueron estropeadas porque se utilizaron acabados y tratamientos que no repetaron el lenguaje histórico de ellas; por ejemplo, se usó pintura de alto brillo con acabado tipo esmalte sintético o de poliuretano, lo que es totalmente inadecuado para piezas de madera de tan alto significado histórico”, declaró el magistrado Paul Rueda.
Dentro de un mes, los jerarcas también deben establecer los lineamientos, protocolos y criterios técnicos “correspondientes para continuar con la ejecución de las obras de conservación y restauración de las puertas y piedras de los muros perimetrales”.
Además, el Tribunal Constitucional aseveró que las labores se ejecutaron sin que los protocolos de intervención fueran aprobados por la Dirección de Patrimonio Cultural (DPC), ya que las obras iniciaron el 15 de octubre de 2025 y Patrimonio recibió los documentos más de tres semanas después, el 8 de diciembre.
La DPC es la entidad responsable de velar por el resguardo del patrimonio arquitectónico del país, que incluye el Teatro Nacional (inaugurado en 1897 y nombrado símbolo nacional en 2018). Ambas instituciones son parte del Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ), responsable máximo de la conservación del patrimonio en Costa Rica.
En el “por tanto” de la Sala, se condena al Estado y al TNCR al pago de costas, daños y perjuicios.

