
La papeleta de diputados por la provincia de San José pasará de 23 a 22 agrupaciones, luego de que los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazaran la apelación del partido Comunal Unido (PCU) contra la denegatoria de inscripción de su nómina legislativa.
La agrupación buscaba revertir una resolución de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (DGRE), del TSE, que rechazó la inscripción de todos sus candidatos a diputados por no haber presentado las fotografías y biografías de los aspirantes, requisito establecido por ley y reiterado a nivel reglamentario.
El partido de escala provincial atribuyó la omisión a un error involuntario de parte de la persona encargada de esa tarea, a lo interno de la agrupación, y a dificultades técnicas en la plataforma digital del TSE, que les habrían impedido el envío de los documentos.
No obstante, los magistrados declararon sin lugar el recurso de apelación, dejando en firme la resolución del Registro Electoral, del pasado 18 de octubre.
Al no acoger ninguno de los argumentos presentados, los magistrados electorales concluyeron que “no existe ningún reproche de legalidad que pueda oponerse a la resolución de la DGRE”. Con ello, el partido Comunal Unido quedó fuera de la contienda legislativa de 2026, al no lograr inscribir a ningún candidato por la provincia de San José.
Jorge Roberto Vargas Chacón, presidente del PCU, dijo a La Nación sentirse triste y frustrados por la situación. Calificó como “injusta” la decisión de los magistrados y sostuvo que sí hubo un problema con la plataforma, aunque este argumento fue desestimado por el TSE.
Los partidos políticos tuvieron plazo desde el 1.° y hasta el 17 de octubre, a las 3:00 p. m., para presentar las solicitudes de inscripción de sus candidaturas a la Presidencia de la República y a la Asamblea Legislativa, no obstante.
Cuestionamientos a la plataforma del TSE
Vargas señaló que el día 16 subieron al sistema de inscripción del TSE el listado con los nombres de los aspirantes a una curul, y que la inclusión de los demás documentos se efecutó el 17, fecha en que se habrían presentado los problemas con la plataforma.
Relató que trataron de realizar el proceso desde una computadora ubicada en un Office Depot, pero que les fue imposible que el sistema respondiera. “Depués de las 2:00 de la tarde, cuando era imposible, porque daba vuelta y vuelta, pedí otra clave. Los muchachos de (la Dirección) Partidos Políticos nos enviaron una clave y tampoco funcionó, otra clave y tampoco funcionó”, declaró el presidente del PCU.
El líder partidario dijo que su siguiente reacción fue trasladarse hasta el TSE, cuando faltaban 10 minutos para que cerrara el plazo. Si bien se apersonaron en la sede de la institución, ya era demasiado tarde, el reloj ya marcaba un minuto después de las tres.
Luis Fernando Madrigal Carvajal, secretario suplente y quien estuvo a cargo de subir la información, señaló que entregaron al TSE videos y fotografías que, en su criterio, demuestran la existencia de los obstáculos para completar el trámite.
No obstante, los magistrados indicaron que no se aportaron “elementos probatorios suficientes e idóneos que permitan, al menos en grado indiciario, suponer que el día en que el partido político registró los formularios de candidaturas a diputaciones -sin las respectivas biografías y fotografías de las personas propuestas- efectivamente ocurrió un funcionamiento anómalo del sistema informático”.
En vista de lo indicado por los magistrados, los representantes partidarios del PCU expresaron sus dudas y preocupaciones de que las pruebas que aportó la agrupación hayan sido entregadas para el análisis de los magistrados o valoradas durante el estudio de la apelación.
En su descargo, la DGRE señaló que el PCU efectuó correctamente la presentación inicial de la solicitud de inscripción, dentro del plazo reglamentario, por lo que consideran que la agrupación contaba con el conocimiento, los accesos y las credenciales necesarias para operar la plataforma digital.
También descartaron que haya existido algún problema del sistema, ya que, al mismo tiempo, otras agrupaciones políticas ingresaron a la plataforma y utilizaron sus servicios, sin reportar inconvenientes o incidencias técnicas.
“Este hecho resulta relevante, debido a que, demuestra que la infraestructura tecnológica del sistema operaba con normalidad, descartando la existencia de una falla generalizada o un error atribuible a la plataforma institucional (…)”, destaca destacó la DGRE.
Una obligación

Los magistrados indicaron a Comunal Unido que los partidos político tienen “la obligación legal y reglamentaria de acatar el procedimiento previsto para la inscripción de postulaciones para los cargos de interés, así como de atender, sin excepciones, los requisitos y plazos determinados para completar la inscripción de esas candidaturas”.
Por lo que concluyeron que “no es atendible, como argumento de descargo, que un partido político alegue un error involuntario como justificación para la inobservancia de ese deber legal”.
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Igualmente, destacaron que las autoridades electorales reiteraron a las agrupaciones políticas, en distintas oportunidades, por distintas plataformas y mecanismos, sobre la necesidad de cumplir a cabalidad con el procedimiento y los requisitos previstos para la inscripción de sus candidaturas.
El fallo también menciona que, conjuntamente con el Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se realizaron distintas capacitaciones de las que, inclusive, tomó parte el PCU.
El secretario suplente de Comunal Unido manifestó que a esa capacitación asistió el tesorero de la agrupación, por lo que la persona que participó fue distinta a la que tuvo a cargo la subida de la información.
Madrigal alegó que no estaban al tanto de que la documentación la podían subir en partes y que fue por eso esperaron hasta el 17, porque hasta ese día lograron contar con la información de todos los integrantes de la nómina.
La entrega de las fotografías y biografías de las personas postulantes a la Asamblea Legislativa es un requisito establecido en el artículo 148 del Código Electoral. El numeral señala que es “obligatorio que el Comité Ejecutivo presente una biografía y una fotografía vigente de las personas candidatas a diputaciones y a la presidencia y vicepresidencias de la República”.
La presentación de la fotografía y la biografía se fijó como requisito para la inscripción de candidaturas a partir de una reforma legal de 2021.
La DGRE también rechazó la inscripción de candidaturas a otros partidos políticos, porque tampoco incluyeron las fotografías y biografías, como lo exige la ley. Los casos más singificativos, según una revisión hecha por La Nación, son los de Integración Nacional (PIN) y Aquí Costa Rica Manda (ACRM).
En el caso del PIN, 28 de las 29 de las denegatorias se debieron a la falta de fotos y biografías de los candidatos, mientras que en ACRM esta razón motivó 14 de los 17 rechazos.
