
La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo contra la Municipalidad de San José, al determinar que la corporación incumplió con sus obligaciones al no concretar una investigación administrativa relacionada con el permiso de construcción de una torre de apartamentos en Barrio Escalante, vinculada a los hijos del excanciller Arnoldo André Tinoco.
Se trata del proyecto residencial conocido como Escalante Verde, desarrollado por la firma DI Escalante Verde S. A., el cual fue clausurado por la Municipalidad de San José debido al vencimiento de los permisos.
El Tribunal ordenó al alcalde, Diego Miranda, para que en el plazo de dos meses reponga piezas del expediente, resuelva lo que corresponda, abra procedimientos disciplinarios si aplica y dé seguimiento a una denuncia presentada casi un año antes por el regidor Brandon Guadamuz y los síndicos Ignacio Cubero y Natalia Salas, los tres de la fracción del Frente Amplio (FA).
Los magistrados condenaron a la Municipalidad de San José al pago de costas, daños y perjuicios. Al mismo tiempo, advirtieron a Miranda que el incumplimiento de una orden dictada en un recurso de amparo conlleva sanciones penales, con penas de prisión de tres meses a dos años, o multas de 20 a 60 días.
La Sala Constitucional declaró sin lugar los reclamos que pretendían anular la viabilidad ambiental otorgada por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) y el permiso de construcción concedido por la Municipalidad de San José.
Reacción del alcalde
El alcalde Diego Miranda, en respuesta a consultas enviadas por La Nación, aclaró que el permiso de construcción del proyecto Di Escalante Verde se otorgó en la administración anterior.
“Fue esta administración la que, a partir de las denuncias presentadas por vecinos de la comunidad, ordenó a la Gerencia de Gestión Municipal y Desarrollo Urbano realizar una revisión pormenorizada del expediente, para verificar la legalidad del permiso de construcción otorgado”, enfatizó el alcalde.
Según Miranda, lo resuelto por la Sala IV generó elementos adicionales que confirman la existencia de incumplimientos y, según dijo, la constatación de eventuales faltas.
“Tras la notificación del fallo, la administración municipal realizará las valoraciones jurídicas y administrativas correspondientes para definir los siguientes pasos y determinar el procedimiento que deberá seguirse”, confirmó Diego Miranda.
El jerarca municipal explicó que, para valorar la apertura de un proceso, se requerían informes del Minae sobre la viabilidad ambiental, las áreas protegidas y la naturaleza del cauce.
Además, la Municipalidad de San José esperaba la resolución de la Sala IV, la cual fue notificada el jueves pasado.
Por ahora, no se ha recibido ninguna solicitud de permiso por parte de la empresa, afirmó Miranda. El proyecto se encuentra detenido sin posibilidad de reiniciar obras.
“(...) el permiso de construcción que originalmente se tramitó para el proyecto se encuentra vencido por lo que el interesado debe iniciar el trámite de un nuevo permiso de construcción”, informó el alcalde.
Un año sin acciones

El caso se remonta a una solicitud presentada el 28 de mayo de 2025 por los representantes del Frente Amplio ante el Concejo Municipal de San José, para que el alcalde ordenara la apertura de un procedimiento administrativo cuyo objetivo era la anulación del permiso de construcción del proyecto Escalante Verde.
El regidor y los síndicos cuestionaron la emisión de la autorización, pese a que las obras se construirían en un terreno por donde pasa la quebrada Los Negritos. Adicionalmente, solicitaron medidas cautelares para suspender temporalmente el permiso y “evitar daños irreparables al medio ambiente y al área de protección”.
Ignacio Cubero, síndico suplente, ya había reclamado el 14 de agosto de 2025, en otro recurso de amparo, por la falta de respuesta del alcalde, gestión que fue declarada con lugar el 12 de setiembre de ese mismo año.

En ese fallo también se ordenó a Miranda atender, en un plazo máximo de un mes, la solicitud planteada para investigar el proceso que culminó con la entrega del permiso de construcción para Escalante Verde. Sin embargo, esa disposición no fue atendida, por lo que la Sala volvió a pronunciarse el pasado 15 de mayo.
Según los magistrados, la Municipalidad siempre reiteró la necesidad de realizar una investigación administrativa y adoptar medidas correctivas, pero nunca afirmó que dicha investigación se hubiera realizado o concluido.
“Nótese que gran parte de la actuación de investigación de esa Municipalidad respecto al proyecto cuestionado se ha dado con ocasión de la notificación de la resolución de curso a dicha corporación municipal, sin que, a la fecha, se reitera que no se ha concluido esa investigación administrativa y no queda claro sobre la adopción de medidas correctivas”, expone el fallo.
Expediente incompleto
Según se detalla, tras el requerimiento presentado por los frenteamplistas, Miranda solicitó un criterio a la Gerencia de Gestión Municipal y Desarrollo Urbano el 13 de junio. Esa dependencia realizó un análisis del expediente administrativo, cuyas conclusiones fueron comunicadas mediante el oficio GGMDU-447-2025.
Entre los aspectos señalados, destaca que no se lograron encontrar en el expediente varios documentos, “los cuales se consideran importantes para efectos del análisis solicitado”, entre ellos:
- El instrumento de consulta a la población que cumpla con la normativa establecida.
- El visto bueno o aprobación de la Dirección General de Ingeniería y Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) sobre el Estudio de Impacto Vial y los accesos al proyecto.
- El detalle de las medidas ambientales a ser tomadas por el desarrollador para atender las inquietudes de la comunidad.
- La memoria de cálculo del movimiento de tierra, así como la definición de su disposición, posibles impactos y respectivas medidas de mitigación.
- El estudio geotécnico que demuestre la aptitud urbanística.
- El visto bueno o aprobación de la Dirección de Urbanizaciones del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) respecto a la reubicación del colector sanitario Los Negritos.
- El visto bueno de esa misma dirección para la conexión del proyecto a la red sanitaria.
Sobre este último punto, la gerencia advirtió que en el expediente había únicamente una Constancia de Capacidad de Recolección, la cual no constituye una autorización de construcción o interconexión.
Además, señaló que dicha constancia se emitió para un total de 300 fincas filiales, mientras que la viabilidad ambiental otorgada por la Setena era para 323 apartamentos, y el permiso de construcción municipal autorizaba solo 135 unidades.
Dudas e inconsistencias
Asimismo, indicó que, al momento de la aprobación de los permisos, existía un gravamen sobre la propiedad (finca 498246, plano catastro SJ-923485-2004) correspondiente a una servidumbre de alcantarillado sanitario, lo que generó dudas sobre la viabilidad de otorgar una licencia de construcción en una condición donde el gravamen no ha sido formalmente levantado a nivel catastral, ni registral.
“No consta en los documentos analizados que dicho gravamen haya sido levantado o esté en proceso de resolución”, destacó la gerencia.
También se señaló que, aunque el desarrollador propuso la reubicación del colector de aguas negras “Los Negritos” de forma paralela al entubamiento de la quebrada, no se encontró visto bueno o aprobación escrita de la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).
En cuanto a la zonificación, la gerencia indicó que los Reglamentos de Desarrollo Urbano vigentes en 2014, al momento de aprobarse el permiso, señalaban que parte del área del proyecto se ubica en una zona con riesgo moderado de deslizamientos y susceptible a inundaciones, condición que no varió con la actualización de los reglamentos en 2023.
En virtud de todos estos elementos, la gerencia concluyó que era necesario revisar el proceso de tramitación y aprobación del permiso de construcción del proyecto.
“(...) se recomienda el estudio pormenorizado de lo actuado por la administración, incluyendo las consultas que sean pertinentes tanto a las instituciones como al desarrollador, a efectos de determinar la pertinencia para la continuidad de las obras en función del interés común, la protección del ambiente y la calidad de vida de las personas de la comunidad de Barrio Escalante y alrededores”, subrayó el informe.
Omisión afectó derechos fundamentales
El alcalde compartió los alcances del reporte con los denunciantes el 26 de agosto de 2025, dando por atendida la solicitud planteada desde mayo y asegurando la disposición del gobierno local para “dar seguimiento a las actuaciones pendientes y garantizar que todo el proceso (...) se ajuste al marco legal vigente”.
No obstante, la Sala concluyó que estas manifestaciones únicamente evidenciaban una “disposición” de la Alcaldía, sin definir con claridad si se abriría un procedimiento administrativo o si se adoptarían medidas cautelares.
“Esta incertidumbre con respecto a la actuación de la Municipalidad recurrida constituye una lesión a sus derechos fundamentales, dado que evidencia una omisión en cuanto a sus obligaciones municipales”, argumentaron los magistrados.
Los jueces constitucionales también señalaron que, si bien el otorgamiento de permisos de construcción es una materia de legalidad, en este caso la propia Municipalidad reconoció que en el trámite pudieron faltar valoraciones relacionadas con la protección ambiental.
Por ello, estimaron necesaria la intervención del Tribunal, a fin de ordenar a la Municipalidad concluir los procedimientos internos y resolver lo que en derecho corresponda respecto al permiso de construcción y los documentos faltantes que podrían incidir en la protección del ambiente.
