Cuatro normas incorporadas por el gobierno de Laura Fernández al proyecto original de Presupuesto Nacional 2027 no solo restringirían la disponibilidad de una parte importante de los recursos del Poder Judicial, sino que también podrían provocar una parálisis en sus servicios, particularmente por la imposibilidad de pagar las licencias de las herramientas digitales que facilitan la labor institucional y el acceso a la justicia de las personas.
La institución cuestiona, además, que varias de las disposiciones trasladen hacia la Contraloría General de la República (CGR) y la Asamblea Legislativa decisiones que actualmente corresponden a la administración del Poder Judicial, y que una comisión legislativa termine teniendo la posibilidad de decidir sobre la utilización de recursos de la institución.

Allan Pow, director de Planificación del Poder Judicial, explicó que desde la formulación presupuestaria la institución sabía que debía trabajar con un recorte equivalente al 2% de su presupuesto, unos ¢10.500 millones. Sin embargo, señaló que la demanda de servicios judiciales ha aumentado alrededor de un 7% en los últimos años.
“Si ha crecido un 7%, ¿qué es lo correcto? ¿Qué es lo natural? Que exista un crecimiento del presupuesto al menos de un 7% porque la ciudadanía así lo demanda”, afirmó. Según Pow, la combinación entre ese aumento de la demanda y la reducción presupuestaria genera un déficit de entrada de al menos un 9%.
Según el Poder Judicial, la única forma de frenar el daño al servicio público sería la aprobación de mociones en la Comisión de Hacendarios de la Asamblea Legislativa, que eliminen las disposiciones presupuestarias.
¢29.843 millones quedarían bloqueados

Ana Romero, directora ejecutiva del Poder Judicial, explicó que la institución conoció las cuatro normas específicas para el Poder Judicial cuando Rodrigo Chaves, ministro de la Presidencia y de Hacienda, presentó el proyecto de presupuesto el 1.° de setiembre.
De las 12 normas incluidas en el proyecto, cuatro son de aplicación exclusiva para el Poder Judicial.
La primera de estas disposiciones es la norma 9, que bloquea ¢29.843.810.438 del presupuesto judicial, distribuidos en 313 subpartidas de los programas 926, 927, 928, 929, 930 y 950. El monto equivale aproximadamente al 5,62% de la asignación presupuestaria de 2027.
Esos recursos no podrían utilizarse hasta que se cumplan varias condiciones: presentar ante la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público los estados financieros auditados de 2026 del Fideicomiso Inmobiliario Poder Judicial 2015; obtener certificaciones de la Contraloría sobre el cumplimiento de disposiciones de auditoría relacionadas con infraestructura y con el programa 926; y lograr que la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público conozca el asunto, lo remita al plenario y este apruebe el levantamiento del bloqueo.
Romero cuestionó que el procedimiento no establezca plazos y que, aun cuando el Poder Judicial cumpla con los requisitos, no exista garantía de que la comisión o el plenario aprobarán la liberación de los fondos.
“Esto constituye un rebajo, de alguna manera, de los recursos del Poder Judicial, porque nadie nos asegura que vamos a poder utilizarlos”, advirtió.
La directora ejecutiva señaló que solo la auditoría de los estados financieros del fideicomiso podría tomar alrededor de tres meses. A ello se sumarían los trámites ante la Contraloría, la comisión legislativa y el Plenario.
El pasado domingo 13 de setiembre, en cadena nacional, la presidenta de la República, Laura Fernández, prometió aplicar una reducción menor al Poder Judicial por ¢11.000 millones.
Para que el anuncio de la mandataria se concrete, el cambio deberá ser avalado por los diputados, quienes tienen bajo estudio el proyecto original de presupuesto 2027 enviado por el Ejecutivo.
Una comisión legislativa tendría la última palabra
Uno de los principales cuestionamientos del Poder Judicial se relaciona con el papel que las normas asignan a la Contraloría y a la Asamblea Legislativa.
Romero señaló que el Poder Judicial ya está sujeto a controles y fiscalización de la Contraloría. Sin embargo, considera que las disposiciones propuestas van más allá del control y terminan condicionando la administración y ejecución del presupuesto.
En el caso de la norma 9, por ejemplo, la Contraloría tendría que certificar el cumplimiento de disposiciones de auditoría, para que posteriormente una comisión legislativa conozca el asunto y lo remita al Plenario.
La funcionaria considera que el procedimiento termina sometiendo la utilización de recursos a una decisión política. Romero también cuestiona que la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público tenga atribuciones para intervenir en decisiones de ejecución presupuestaria del Poder Judicial.
El artículo 89 del Reglamento de la Asamblea Legislativa establece que esa comisión tiene como función vigilar y fiscalizar de manera permanente la Hacienda Pública y realizar investigaciones de control político para el manejo de los recursos del sector público.
A esa preocupación se suma la participación que tendría la Contraloría en decisiones que, según Romero, corresponden a la administración activa. La institución considera que el diseño de las normas puede convertirse en una forma de coadministración, al condicionarse la utilización de recursos a estudios, certificaciones y decisiones de órganos externos.
Tecnología sería una de las primeras víctimas
De acuerdo con Pow, la tecnología es uno de los rubros que sufrirían un mayor impacto bajo el bloqueo.
El Poder Judicial ya había reducido ¢2.000 millones en ese ámbito. Su presupuesto tecnológico rondaba los ¢11.500 millones y, según Pow, alrededor de ¢10.250 millones quedarían bloqueados.
Las consecuencias ya se comenzaron a materializar. “Una de las cuestiones o proyectos innovadores que tuvimos que ya detener para el 2027 es la implementación del expediente digital en materia penal”, dijo Pow.
La institución tampoco tendría recursos disponibles para adquirir licencias necesarias para mantener herramientas utilizadas diariamente por jueces, fiscales, defensores, funcionarios y usuarios.
Entre ellas están las licencias de Microsoft utilizadas para el correo electrónico y el trabajo en la nube, con herramientas como Word y Excel. “¿Qué significa en términos, por ejemplo, el expediente digital? El Poder Judicial no va a poder asumir la adquisición de sus licencias”, explicó.
Ana Romero señaló que también se afectarían las audiencias virtuales. La institución utiliza la plataforma Teams integrada con otras herramientas institucionales y debe renovar anualmente las licencias.
El pago correspondiente a 2027 tendría que realizarse en febrero, pero el bloqueo impediría disponer de esos recursos. También se comprometerían las notificaciones por correo electrónico y las comunicaciones con ciudadanos, abogados y medios de comunicación.
Del servicio digital al regreso de los trámites presenciales
El problema no se limitaría al funcionamiento interno de los despachos. El Poder Judicial advierte que los usuarios podrían perder la posibilidad de acceder digitalmente a servicios como la presentación de escritos y demandas, la recepción de notificaciones y la consulta del estado de los expedientes.
También se afectarían trámites como las hojas de delincuencia y las consultas relacionadas con impedimentos de salida del país. En este último caso, la interconectividad con otras instituciones, incluidos los aeropuertos, requiere infraestructura tecnológica y telecomunicaciones para transferir información.
El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) también utiliza sistemas y licencias indispensables para sus investigaciones. Romero explicó que el sistema empleado para recopilar información de diferentes instituciones y apoyar las investigaciones requiere licenciamientos para operar.
Sin esos recursos, el OIJ tendría que ir físicamente a las diferentes instituciones a recopilar información de las personas que están siendo objeto de investigación. El riesgo también alcanza la ciberseguridad. La institución maneja información sensible relacionada con investigaciones judiciales y requiere herramientas para protegerla.
“Si nosotros no podemos invertir en recursos en estas licencias para proteger esa información, estamos totalmente vulnerables”, afirmó Romero.
Pow añadió que el regreso a sistemas físicos tampoco sería una alternativa viable. “No tenemos presupuesto ni para papel, ni para máquinas de escribir, ni para tintas”, dijo.
El costo del recorte terminaría en los usuarios
Las afectaciones no quedarían limitadas a los sistemas informáticos. La norma 9 también compromete recursos vinculados con servicios y alquileres. La institución advierte que, si no puede disponer oportunamente del dinero, tendría que adoptar medidas para reducir gastos y concentrar servicios.
Entre los escenarios técnicos analizados están eventuales concentraciones de servicios del Ministerio Público, la Defensa Pública y Atención y Protección de Víctimas en distintas localidades.
El traslado de servicios implicaría que personas usuarias de zonas alejadas tengan que desplazarse a otras localidades para realizar trámites o recibir atención.
Pow resumió el efecto desde la perspectiva del usuario. “Le reducen ese presupuesto al Poder Judicial, pero el costo lo va a asumir ahora la persona usuaria, porque tiene que sufragar los pasajes, lo que es el tiempo de duración para trasladarse y también el tiempo de alimentación”, afirmó.
Otras tres normas también restringen la administración
La norma 10 impide realizar traslados de recursos entre subpartidas de las partidas 0, 1, 2, 5, 6, 7 y 9. Cualquier movimiento entre esas subpartidas tendría que tramitarse mediante un presupuesto extraordinario, el cual debe ser elaborado por el Poder Ejecutivo y aprobado por la Asamblea Legislativa.
Romero explicó que actualmente la institución puede realizar seis modificaciones presupuestarias mediante decreto durante el año. Esos movimientos permiten trasladar recursos cuando cambian las necesidades institucionales.
Por ejemplo, una licitación que no se concreta puede liberar recursos que deben dirigirse a otra necesidad, o puede ser necesario ajustar partidas salariales.
La norma 11 establece que el programa 926, Administración Central del Poder Judicial, no pagará compensación de administración a ninguna escala salarial de la judicatura hasta que se realice un análisis costo-beneficio del trabajo administrativo frente al jurisdiccional. Ese estudio tendría que ser ratificado por la Contraloría, conocido por la comisión legislativa correspondiente y aprobado por el Plenario.
Romero cuestiona que la Contraloría quede involucrada en una decisión que corresponde a la administración activa.
“Nosotros, el Poder Judicial, para determinar qué paga y qué no paga, tenemos que hacer un estudio costo-beneficio, perdón, eso no corresponde a la Contraloría, esto es una coadministración”, afirmó.
Finalmente, la norma 12 establece restricciones para utilizar plazas vacantes. Estas solo podrían ocuparse después de un estudio técnico de costo-beneficio de la Contraloría, conocido por Corte Plena y posteriormente remitido a la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público para su aprobación final.
