
El ministro de Justicia, Gabriel Aguilar Vargas, contradijo el anuncio hecho el 8 de mayo por la presidenta de la República, Laura Fernández, al admitir que el año carcelario es de 360 días naturales.
El día del traspaso, la presidenta firmó un decreto para que el año carcelario sea de 360 días, en vez de ocho meses. “Se los advertí, no queremos en Costa Rica al crimen organizado, al narcotráfico, por eso a partir de este momento el año carcelario será de 360 días naturales”, dijo en ese momento.
Al respecto, el ministro Gabriel Aguilar dijo: “Este decreto no viene a inventar que el año carcelario tiene 360 días. Eso ya existe”, dijo en un video difundido por Casa Presidencial.
La afirmación contrasta con lo dicho por Fernández, quien también dijo en el acto de traspaso: “Con esto no va a quedar duda de que el año carcelario es de 360 días; ya no más alcahueterías de que la cárcel es de ocho meses al año. Con este nuevo reglamento, los jueces no tendrán espacio para interpretar en menos días el año de condena para los que nos quitan la paz y nos roban la seguridad".
El gobierno aún no publica el decreto en el diario oficial La Gaceta ni lo ha dado a conocer, pese a que este diario lo solicitó desde el pasado viernes 8 de mayo.
Pese a ello, el ministro criticó a abogados penalistas que han cuestionado el decreto. El jerarca alegó que salen a hablar sin siquiera haber leído el documento.
Por ejemplo, el abogado Gerardo Huertas dijo: “No existe tal cosa como un ‘año carcelario’ distinto al año legal. El año penitenciario ya es, y siempre ha sido, de 360 días. Tampoco existe un supuesto año de cárcel de ocho meses. Esa idea proviene de una percepción popular errónea y de un malentendido sobre el funcionamiento de ciertos beneficios penitenciarios, lo que ha llevado a parte de la población a creer que el año penitenciario tiene menos meses, cuando en realidad su duración no ha cambiado".
El abogado David Delgado explicó a La Nación que, si bien no existe una norma del ordenamiento que establece tal cantidad de días como año carcelario, los jueces usan esa cifra como parámetro para el cálculo de la pena.
Agregó que esto se debe a que el país adolece de una ley de ejecución de sentencia penal. El Congreso anterior aprobó esa histórica ley, pero el entonces presidente Rodrigo Chaves la vetó. Es por esto que los vacíos por falta de esa norma se han tenido que completar con otras fuentes del derecho, como reglamentos y jurisprudencia, según explicó Delgado.
Entonces, ¿qué dice el decreto?
Según el ministro de Justicia, el decreto firmado por Fernández lo que pretende es “cerrar portillos” y endurecer las posibilidades de que una actividad se contabilice como trabajo o estudio.
“El descuento de una pena de prisión se gana trabajando. Y ese trabajo tiene que ser legal, con jornada, con registro y con supervisión. Durante años, se han permitido que actividades artísticas, literarias, artesanales, se tomen como si fueran un trabajo para acortar la pena. Eso se acabó. El decreto en adelante se ajustará a la ley. Si un privado de libertad quiere que se le reduzca la condena, tiene que ganárselo. Ya sea trabajando o estudiando con horario, con control y con supervisión", dijo el funcionario.
Según Aguilar, exjefe del despacho de Rodrigo Chaves, el decreto también establecerá que, para solicitar un régimen de confianza, se deberá cumplir como mínimo un tercio de la pena.
El abogado penalista David Delgado señaló preocupaciones de que el Ejecutivo cambie la definición de trabajo dentro del Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional
“¿Cuáles actividades podrían considerarse? Ejemplo, hoy, el misceláneo de los ámbitos se entiende cómo actividad ocupacional. Otros ejemplos: artesanos que hacen sus artesanías”, señaló Delgado.
El jurista señaló que le preocupa si se elimina el estudio como una forma de descontar la pena. El Ejecutivo sigue sin publicar el decreto, pese a que otros acuerdos firmados por Fernández el propio 8 de mayo ya se divulgaron.
