El magistrado Jorge Araya logró superar el filtro de la Asamblea Legislativa para su reelección como magistrado de la Sala Constitucional, por otros ocho años como propietario.
El Partido Pueblo Soberano (PPSO) no logró sumar los 38 votos negativos para impedir la continuidad del juez constitucional, según lo establece la Constitución Política
El partido de gobierno solo reunió 29 votos, mientras que la oposición emitió 24 en favor de la reelección de Araya, luego de dos horas efectivas de discusión en el plenario del Congreso, con pocos diputados en el uso de la palabra.
El oficialista José Miguel Villalobos sumó sus 15 minutos a los 15 de Zaira Murillo y los 15 de Esmeralda Britton, para atacar y cuestionar por 45 minutos a Araya García, a quien el diputado del PPSO buscó pintar como un “liberacionista que lo niega a toda costa”, por haber tenido cargos en la administración de José María Figueres Olsen (1994-1998).
Durante su explicación del dictamen de la Comisión de Nombramientos, que recomendó al plenario la no reelección por mayoría, la oficialista Marta Esquivel alegó que es necesaria la “renovación en las más altas esferas del Poder Judicial” y la “verdadera independencia judicial” en la Corte Suprema de Justicia, aunque Araya apenas está cumpliendo un primer periodo de ocho años en la magistratura.
Esquivel cuestionó que, desde que empezó como suplente en el 2005 y hasta un eventual segundo mandato como magistrado propietario que llegaría hasta el 2034, Jorge Araya llegaría a casi tres décadas de presencia ininterrumpida en el Poder Judicial.
No obstante, los 35 años que ya tiene como funcionario judicial el magistrado Jorge Olaso, de la Sala Segunda, no le impidieron a ella y a sus compañeros del PPSO votar a favor de su reelección este martes por la noche, en la Comisión de Nombramientos.
“Las instituciones republicanas exigen aire fresco, nuevas visiones y equilibrios sanos que eviten la petrificación de los altos cargos. Para algunos, las reelecciones se vuelven dictaduras judiciales”, dijo Esquivel.
Una de las diferencias entre Araya y Olaso, resaltada por diputados de la oposición entre este martes y este miércoles, es que Araya sí votó a favor de pedirle a la Asamblea Legislativa, en julio del 2025, que le quitara la inmunidad a Rodrigo Chaves para que afrontara una acusación penal por el presunto delito de concusión, mientras que Olaso votó en contra de solicitar el desafuero.
Marta Esquivel también cuestionó el atraso y la mora en las resoluciones judiciales de las acciones de inconstitucionalidad de la Sala Constitucional, aunque reconoció que Jorge Araya defendió con cifras el circulante masivo y la altísima producción de resoluciones de recursos de amparo y de habeas corpus, en las audiencias en el foro de Nombramientos.
“Sin embargo, hay una parálisis muy grave en la resolución de las acciones de inconstitucionalidad”, alegó la congresista.
Esquivel también enfatizó en que Araya desempeñó altos cargos de absoluta confianza política en administraciones pasadas del PLN: los viceministerios de la Presidencia y de Gobernación y Policía.
Experiencia, productividad e independencia judicial
Por su parte, Janice Sandí, del PLN, rechazó las acusaciones de “petrificaciones” de altos cargos alegadas por el PPSO, pues Araya apenas está terminando una primera magistratura propietaria.
“Estamos hablando de una trayectoria que permite evaluar el conocimiento acumulado. Además, los resultados se examinan con datos: entre noviembre del 2018 y agosto del 2026, su despacho resolvió el 99,4% de los asuntos que recibió, según los datos que presentó ante la Comisión de Nombramientos”, precisó Sandí.
La liberacionista recalcó que se debía analizar la continuidad de Araya a la luz de su experiencia, productividad e independencia judicial. Agregó que sus antecedentes de labores en “gobiernos partidarios” no pueden ser una demostración de ninguna parcialidad judicial.
El frenteamplista Antonio Trejos agregó que la decisión del Frente Amplio (FA) de permitir la reelección del magistrado se basa en la documentación y el régimen constitucional aplicable a la evaluación de desempeño del juez.
Además, cuestionó que el PPSO no tiene argumentos suficientes para negarle la continuidad.