Un proyecto de ley respaldado por 28 de diputados propone sancionar con penas de cárcel a padres, madres o encargados que permitan o utilicen a personas menores de edad en la mendicidad. La iniciativa busca garantizar a los niños y jóvenes un entorno sano y seguro, libre de cualquier tipo de explotación o abuso.
El expediente 24.960 lo impulsa la diputada del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Luz Mary Alpízar, con el apoyo de legisladores de diversas bancadas, así como diputadas independientes.
El proyecto busca incorporar un artículo al Código Penal de Costa Rica que tipifique y sancione el “envío de menores a la mendicidad”.
Sanciones de hasta dos años de cárcel
El proyecto establecería penas de prisión de seis meses a dos años para quienes promuevan o faciliten la mendicidad de un menor, de forma activa o pasiva, al permitirle solicitar dinero u otros beneficios en espacios públicos o privados.
Si es la primera vez, se advertirá a los padres o encargados responsables y se les recordará su obligación de mantener al menor en el sistema educativo.
Si la conducta es reiterada, el tribunal podría imponer la suspensión temporal de la patria potestad, tutela o cualquier otra forma de representación legal, proporcional al daño causado y buscando el beneficio de la persona menor de edad.
Asimismo, la iniciativa contempla una pena de seis meses a un año de prisión por “explotación indirecta para la mendicidad”, cuando los adultos estén pidiendo dinero acompañados de menores.
La pena aumentaría en ocho meses si sucede alguna de las siguientes circunstancias:
- Si la persona menor de edad tiene una discapacidad física, mental o sensorial.
- Si se emplea violencia, coacción, amenazas o cualquier forma de intimidación.
- Si se reitera la conducta en un plazo de cinco años.
- Si se obtiene un beneficio económico o ilícito que exceda la simple recepción de limosnas o donativos.
Asimismo, el proyecto de ley establece que deberán valorarse las circunstancias y condiciones socioeconómicas de cada caso, así como el grado de participación de las personas responsables y el impacto generado en el desarrollo integral de la persona menor de edad.
La iniciativa también dispone que la situación deberá ser reportada al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). Además, aclara que “cualquier ambigüedad o duda en la interpretación de este artículo se resolverá siempre a favor de la protección de la niñez y del principio del interés superior de la persona menor de edad”.
Los riesgos para los niños
De acuerdo con el texto, la mendicidad vulnera los derechos de las niñas, niños y adolescentes, al exponerlos a situaciones de riesgo como la deserción escolar, la falta de atención médica, una alimentación inadecuada, inseguridad física y psicológica. Además, podrían verse involucrados en redes de delincuencia o ser víctimas de otros delitos.
El expediente enfatiza en que los padres o encargados que promueven estas prácticas incurren en “un incumplimiento grave” de sus deberes legales, al anteponer intereses económicos o conductas negligentes que “lesionan el interés superior de la persona menor de edad”.
Aunque en la actualidad ciertos casos pueden ser penalizados dentro de figuras delictivas generales, el proyecto advierte sobre un “vacío normativo” en la legislación costarricense respecto a la penalización específica de la mendicidad cuando involucran a menores.
Alineamiento con convenios internacionales
El proyecto busca alinear la legislación nacional con instrumentos internacionales que instan a tipificar los delitos que afectan directamente el desarrollo integral de la niñez. Según sus proponentes, esto fortalecería la imagen del país en materia de lucha contra el maltrato y la explotación infantil.
La Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Costa Rica, obliga a los Estados parte a adoptar medidas legales, administrativas y de otra índole necesarias para garantizar el respeto efectivo de los derechos de la infancia y protegerla de toda forma de explotación y abuso.
Además, el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, así como el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, identifican la mendicidad como una forma de explotación que atenta contra el bienestar de las personas menores de edad.