Respetar la equidad en campaña fortalece la democracia
La resolución N.° 4190-E8-2025 del TSE prohíbe a entidades públicas difundir mensajes que exalten logros institucionales durante la campaña electoral
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PorLuis Diego Povedano David
La reciente resolución del Tribunal Supremo de Elecciones (N.° 4190-E8-2025) refuerza la neutralidad institucional durante el periodo electoral. A partir de ahora, se prohíbe a entidades públicas difundir mensajes que exalten logros institucionales o utilicen la imagen de sus jerarcas desde la convocatoria hasta el día de las elecciones. Esta medida responde a estándares constitucionales e internacionales y a principios de gestión pública basados en la transparencia y la equidad.
La resolución se sustenta en el artículo 142 del Código Electoral y en pronunciamientos recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que advierten sobre el uso de recursos estatales para influir en la voluntad electoral. Además, combate la beligerancia política institucional; es decir, el uso del aparato estatal con fines de autopromoción, y promueve una administración pública moderna, en la que la función institucional prevalece sobre intereses partidarios.
Modelos similares existen en Francia, Alemania y Estados Unidos, donde se regula la comunicación oficial durante las elecciones para garantizar condiciones equitativas. La literatura en ciencia política también respalda este enfoque: autores como Sartori, Bobbio y Nino destacan que la transparencia, imparcialidad y ética en la gestión pública son esenciales para proteger la voluntad popular.
En suma, la resolución no impide la rendición de cuentas, sino que exige que esta sea objetiva y no electoralizada. Así, Costa Rica fortalece su institucionalidad democrática al alinear su práctica con buenas políticas de gestión pública.
¡Menos propaganda, más democracia!
El pronunciamiento del TSE busca combatir el uso del aparato estatal con fines de autopromoción. (Rafael Pacheco Granados)
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