Recientemente, el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica anunció que su oferta académica, ofrecida durante años bajo el término “especialización”, cambiará de nomenclatura y ahora se llamará “programas de actualización profesional”. Como era de esperarse, una parte del gremio manifestó su malestar.
Es legítimo alegar que, al contratar este servicio, se invirtió dinero, tiempo y energía bajo el entendido de que se cursaba una formación que tendría un peso simbólico y académico al denominarse “especialización” y que, por lo tanto, esta modificación podría afectar el CV para contrataciones, plazas y ascensos.
El problema está en que durante años se sostuvo una nomenclatura que, en el marco nacional, remite a una categoría académica regulada. El propio Colegio explicó el cambio como un proceso de actualización y armonización normativa para reflejar con precisión la naturaleza jurídica y académica de estas actividades, al no cumplir con la asignación de créditos conforme a la definición de crédito de la Educación Superior de Costa Rica, ni con los mínimos de ciclos lectivos, semanas y horas de práctica profesional supervisada.
Sostener el antiguo nombre generó una expectativa que jurídicamente no correspondía. El error no es corregir hoy, sino haber sostenido durante años una categoría que podía confundirse con un grado académico. Sin embargo, no se puede negar que corregir este error generará perjuicios para quienes ya cursaron y pagaron esa “especialización”.
Esto abre una discusión más amplia sobre cómo el mundo cambia y por qué lo aprendido durante la formación inicial debe actualizarse de manera permanente. La calidad académica y profesional no depende de la cantidad de títulos que se tengan. El título es una certificación del proceso de aprendizaje y la forma en que ese proceso se valida social y jurídicamente.
Por ejemplo, en el Examen de Conocimientos Médicos de Costa Rica (ECOM-CR), los resultados de aprobación varían significativamente según la universidad de procedencia. La Universidad de Costa Rica alcanzó una aprobación superior al 90%, mientras que los médicos con títulos homologados por Conare registraron un 58,33%; la Ucimed, un 55,74%; la Universidad Latina, un 49,04%, y la Universidad Federada San Judas Tadeo, un 12,50%. ¿Qué significa que existan diferencias tan amplias entre instituciones? Pareciera entonces que, si bien el título habilita el ejercicio profesional, no garantiza un estándar homogéneo de formación.
La abogacía tiene un impacto directo sobre la vida de las personas porque consiste en encontrar soluciones a problemas cotidianos o complejos. Cuando una persona abogada ejerce su profesión, incide en la vida de muchas personas, y no solo en la de quienes nos contratan. El Derecho requiere interpretación. No basta con conocer las normas: hay que saber interpretarlas e integrarlas para resolver conflictos a la luz de principios, jurisprudencia, derecho internacional, soft law, doctrina y contexto social, lo que exige pensamiento crítico, capacidad de argumentación, empatía y ética.
Si bien cada profesional tiene el deber de actualizarse, la institución gremial también tiene el deber de no utilizar categorías que generen expectativas académicas que no corresponden y que pueden afectar trayectorias profesionales. La propia ley orgánica del Colegio establece entre sus fines promover el progreso de la Ciencia del Derecho, vigilar la excelencia académica de las personas egresadas de las universidades y velar por la calidad deontológica de la profesión. Esto implica, al menos, llamar a las cosas por su nombre. Si nuestra profesión utiliza palabras para crear realidades jurídicas, lo mínimo que podemos hacer es nombrarlas correctamente. Es lo justo para las personas que nos contratan.
No podemos olvidar que la defensa del Derecho es también la defensa de la justicia, aunque no siempre se ejerza así. Si hoy se corrige una denominación para ajustarla a la realidad, corresponde reconocer que esa corrección era necesaria, sin negar el malestar legítimo de quienes sienten una afectación. La responsabilidad social de la abogacía exige una apuesta colectiva y estatal por una educación de calidad, de la que depende también la calidad de los servicios que prestamos.
larissa.arroyo@gmail.com
Larissa Arroyo Navarrete es abogada especialista en Derechos Humanos y Género, y académica del IEM-UNA.