Con la reforma al artículo 116 de nuestra Constitución Política, propuesta por el suscrito y aprobada por los actuales diputados, el presidente de la República que resulte electo el próximo 3 de abril tendrá, por primera vez en la historia constitucional de país, el control de la agenda legislativa, en sus primeros 100 días de gobierno.
Con esta reforma, se consiguió que cada período de sesiones —ordinarias y extraordinarias— dure seis meses, en dos períodos de tres meses, intercalados, manteniendo el 1.° de mayo como el inicio oficial de cada legislatura. Siendo entonces, que las sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa se realicen del 1.° de febrero al 30 de abril y del 1.° de agosto al 31 de octubre. Por consiguiente, las extraordinarias irán del 1.° de mayo al 31 de julio y del 1.° de noviembre al 31 de enero.
Esta Asamblea Legislativa modificó la organización de las sesiones del año legislativo, cuyo origen data de la Constitución Política de 1871. Esa Constitución, en su artículo 78, establecía que el espacio de sesiones ordinarias del Congreso se iniciaba el 1.° de mayo, con una extensión de sesenta días, prorrogable por un mes más, solo en caso de ser necesario. El resto del año sesionaba extraordinariamente, por convocatoria del Poder Ejecutivo.
En otras palabras, la Asamblea Legislativa de aquel momento, se reunía de forma ordinaria durante un período muy corto, con agendas limitadas a una pequeña cantidad de asuntos y, excepcionalmente, cuando no estaba en sesiones ordinarias, era convocado por el Poder Ejecutivo para tratar solo asuntos calificados de urgentes. En esa lógica, era entendible que las sesiones ordinarias del Congreso fueran por poco tiempo y con espacios amplios de receso en cada legislatura.
Actualmente, la realidad es por completo muy distinta. La cantidad y la complejidad de asuntos que conocen los diputados, ya no se deciden en un período corto. Por el contrario, las negociaciones políticas son muy arduas, al punto que demandan el tiempo completo de los diputados, superando, en algunos casos, la jornada ordinaria de trabajo, pues deben organizar su agenda entre la labor legislativa —plenario, comisiones permanentes ordinarias y especiales, comisiones especiales y comisiones plenas—, el control político y el trabajo en sus comunidades.
En el pasado, el Poder Ejecutivo convocaba, de forma excepcional, a la Asamblea Legislativa, y bien podría suceder que del todo no la convocara. El término «sesión extraordinaria» estaba referido a lo esporádico y excepcional de este tipo de sesiones. Hoy sería inconcebible que el Poder Ejecutivo dejara pasar la oportunidad de convocar al Poder Legislativo.
La cantidad de asuntos que se conocen en la Asamblea Legislativa, desbordan la agenda de los legisladores, por esa razón, el gobierno no pierde la oportunidad para impulsar su agenda, en sesiones extraordinarias. Si para el constituyente de 1949, hubiese sido normal que el Poder Ejecutivo no convocara a sesiones extraordinarias, hoy tal hecho, daría lugar a un escándalo nacional, por cuanto supondría, la ausencia de un proyecto país.
De cara al nuevo gobierno, la reforma al artículo 116 constitucional, es una herramienta que le permitirá implementar su agenda de proyectos de ley y promover su programa de gobierno en los primeros 100 días de estar en el poder.
Por encima del Congreso
Ese programa de gobierno, que el electorado, mayoritariamente, apruebe el próximo 3 de abril, tendrá prioridad, por encima de las iniciativas individuales de cada diputado, e incluso, por encima de las iniciativas partidistas de las fracciones con representación dentro del Congreso.
Anteriormente no tenía sentido que el inicio de un gobierno recién electo se viera frenado al no tener la capacidad de promover su propia agenda en la Asamblea Legislativa. Hoy, el artículo 116 constitucional garantiza el buen funcionamiento del sistema democrático y mejora la distribución de las potestades y responsabilidades políticas de cada uno de los poderes de la República, permitiéndole a la persona que los costarricenses designen en el honroso cargo de presidente de la República, hacer un cambio de timón durante los primeros días de su gestión.
Por todo lo anterior, conviene que los candidatos que se disputan la segunda ronda señalen desde ahora, cuáles de los proyectos de ley que están en la corriente legislativa serán convocados al inicio de su gestión y cuáles son las nuevas iniciativas de ley que presentarán durante los primeros días de gobierno.
Porque ahora sí, sus 100 días iniciales serán evaluados por el pueblo costarricense y por los partidos políticos de oposición, con un marco válido y justo para determinar las acciones y el rumbo que su nuevo gobierno quiere marcar.
El autor es diputado del Partido Restauración Nacional.