A partir de la incursión de los partidos Acción Ciudadana (Ottón Solís) y Movimiento Libertario (Otto Guevara) en las elecciones nacionales de 1998, se inicia la transición del bipartidismo –ejercido por Liberación Nacional (PLN) y la Unidad Social Cristiana (PUSC)– hacia el multipartidismo. Este contexto se ha reiterado en las campañas posteriores y se ha consolidado con la creciente participación de partidos políticos en los comicios de cada cuatro años: 25 en 2022 y 20 en 2026.
Esta amplia participación de partidos en las elecciones nacionales, para elegir la fórmula presidencial y las 57 diputaciones, ha llevado a debatir si ello fortalece o debilita nuestro sistema republicano democrático.
Para algunos, se trata de respetar los derechos constitucionales de asociación (artículo 25) y de organización en partidos políticos (artículo 98), así como el principio de “elegir y ser electo” consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 21). Estas garantías estimulan la participación ciudadana en las funciones públicas del país.
Además, defienden los sistemas multipartidistas por favorecer la inclusión, la representación y la estabilidad mediante acuerdos amplios. Resaltan el valor del pluralismo político como base de la democracia, el respeto a los derechos políticos de los ciudadanos, la competencia abierta y la legitimidad democrática.
Otros, en cambio, cuestionan el exceso de pluralismo y señalan sus efectos en la gobernanza. Argumentan que el surgimiento de partidos pequeños, sin posibilidades reales de gobernar, responde más a intereses personales o grupales que a intereses nacionales. Sostienen que el fraccionamiento partidario fomenta la polarización y dificulta la formación de gobiernos eficaces, a diferencia de los sistemas bipartidistas dominantes, que consideran más estables. Asimismo, advierten de que el multipartidismo puede debilitar los sistemas presidenciales y generar riesgos de ingobernabilidad, inestabilidad democrática y dispersión.
En Costa Rica, a pesar de la proliferación de partidos políticos que ha desplazado al bipartidismo, el número de fracciones legislativas ha sido menor que el de partidos participantes en las elecciones. Desde 1948, las fracciones han oscilado entre cuatro y nueve. En el periodo 2014-2018, por ejemplo, la Asamblea Legislativa funcionó con nueve fracciones.
Otro aspecto relevante es que, desde 1948, el electorado no ha otorgado a ningún partido ganador una mayoría calificada de diputaciones (38). Con ello, ha contribuido a salvaguardar la independencia de los tres poderes de la República, es decir, la necesaria distribución del poder político, evitando su concentración en una sola fuerza política.
Estas consideraciones sobre nuestra democracia, junto con décadas de experiencias y logros, deberían llevarnos a reflexionar sobre la conveniencia o no del excesivo fraccionamiento de los partidos en las elecciones nacionales y en la composición de la Asamblea Legislativa –tanto en fracciones como en diputaciones–, pensando esencialmente en la eficiencia y eficacia de nuestro sistema republicano democrático, del Estado social de derecho y del desarrollo humano integral de la sociedad.
En última instancia, corresponde a los electores, de manera libre, perfeccionar nuestro sistema político republicano democrático, así como resguardarlo y defenderlo ante la eventual irrupción de regímenes autoritarios ajenos a nuestra tradición civilista, de convivencia pacífica y justicia social.
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Marvin Herrera Araya es exministro de Educación Pública y exdiputado.