La ministra de Salud exige a la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología (CNVE) “datos estadísticos y científicos” para demostrar que la vacunación obligatoria tiene mayor impacto en el porcentaje de inoculados que una campaña para incentivar y motivar a las personas a vacunarse por sentido de responsabilidad y no por obligación o miedo al despido.
Viniendo de la más alta autoridad en el campo de la salud, la petición es alarmante. La función pública debe regirse por la ciencia y la técnica, pero también por el sentido común y la experiencia. No es necesario llevar estadísticas para comprobar lo obvio, y si no hay datos para respaldarlo, es absurdo concluir que no existen.
¿Tiene la policía de tránsito “datos estadísticos y científicos” para demostrar que las multas o la posibilidad de perder la licencia tienen mayor eficacia que una campaña para motivar la conducción responsable? Hay, por el contrario, prueba fehaciente de temeridad al volante. No es difícil encontrarla en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Instituto Nacional de Seguros y los cementerios, entre otras fuentes incontestables.
A falta de estadísticas para comprobar la eficacia de las multas y en presencia de datos incontrovertibles sobre la persistencia de la conducción temeraria, quizá debamos derogar la ley de tránsito o, cuando menos, sus sanciones, para incentivar y motivar a los conductores a comportarse correctamente por sentido de responsabilidad y no por obligación o miedo a la sanción.
Además de la simplicidad del razonamiento, la petición de la ministra alarma por sus posibles implicaciones para otras medidas sanitarias, comenzando por el esquema básico de vacunación impuesto a los niños. ¿No habría idénticas razones para confiar en la responsabilidad de los padres, estimulada por una campaña de motivación del Ministerio?
La ministra pide datos, pero no ofrece ninguno. Ni contesta preguntas de la prensa ni da entrevistas. Quizá por eso nadie le ha llamado la atención sobre la imposibilidad de satisfacer su exigencia a la Comisión. Haciendo a un lado el sentido común y la experiencia, no existen datos para comparar la eficacia de la obligatoriedad con la de una campaña de motivación porque la ministra no indica cómo sería esa campaña.
En este caso, es difícil creer en la superioridad de la persuasión para alcanzar el objetivo sanitario, pero no cabe duda de que una campaña bien financiada y diseñada tendría un impacto superior al de un esfuerzo pobre y mal planteado. Es imposible medir la diferencia entre la obligatoriedad y la motivación sin saber en qué consiste esta última. ¿Ofrecería el gobierno incentivos salariales o se limitaría a felicitar públicamente a los vacunados? ¿Invertiría millones en los medios de comunicación o se contentaría con repartir panfletos en la entrada de las dependencias públicas?
Pero lo más inquietante de la insistencia de la ministra en hallar razones para eliminar la obligatoriedad cuando la inmensa mayoría de la comunidad médica y científica nacional defiende lo contrario es la clara voluntad de privilegiar la decisión individual sobre el derecho de la colectividad. El dilema lo tienen resuelto los tribunales constitucionales de todo el mundo, comenzando por el de Estados Unidos, en 1905, pero también lo resolvió nuestra Sala IV en el año 2000.
La Sala consideró que los consultantes no tenían razón “al decir que establecer la obligatoriedad de las vacunas” lesiona “el derecho de autonomía de la voluntad”. “La salud como medio y como fin para la realización personal y social del hombre constituye un derecho humano y social cuyo reconocimiento está fuera de discusión. Es uno de los derechos del hombre que emana de su dignidad como ser humano. De este derecho surge, tanto para el individuo y la comunidad organizada como para el propio Estado, una responsabilidad respecto a la salud (…)”. Al reconocimiento del derecho a la salud, añade el fallo, “debe aunarse la imposición del deber de cuidar la salud propia y la ajena”.
La protección de las vacunas frente al contagio tiene límites, pero es considerable. Más importante aún es la protección contra las hospitalizaciones que drenan recursos a la seguridad social, obligan a disminuir la atención de otras enfermedades y exponen al personal y otros pacientes al contagio. Para acreditarlo sí hay “datos estadísticos y científicos”. Eso debería bastar.