Editorial

Editorial: Ciudadanía rehén

Ya la Sala Constitucional se había pronunciado contra el cierre arbitrario de vías, aunque hizo hincapié en la necesidad de armonizar la libertad de tránsito con el derecho a protestar.

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El cierre de vías y la interrupción del tránsito de bienes y personas como medio de protesta no encuentra asidero en la ley de ningún país democrático, incluido el nuestro, pero aquí la Sala Constitucional debe recordárselo, no una sino varias veces, a las autoridades, comenzando por los más altos niveles del Ejecutivo.








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