Dado lo anterior, Gustavo Piedra, presidente de la Cámara Nacional de Radiodifusión, y Andrés Quintana, de Cadena Radial Costarricense, presentaron una consulta al Tribunal Supremo de Elecciones sobre la conveniencia y eventual afectación al proceso electoral del citado cambio de modelo. Ante esto, el TSE, mediante la resolución 2267-E8-2025, ordenó al Micitt no aplicar ninguna variación en el modelo y en la asignación de frecuencias hasta la declaratoria de elecciones. Lo anterior, dado que esto podría limitar el derecho del electorado a obtener información político-electoral, porque con el pretendido cambio, “podría ocurrir que varias radioemisoras dejen de operar o que sus condiciones de operación varíen sustancialmente, circunstancia que desmejora el acceso de las personas electoras a información fundamental”, señala el fallo.
Mediante esta resolución, el TSE actuó en defensa del derecho de los ciudadanos, fortaleciendo la democracia y marcando a nuestras autoridades electorales una nueva línea proactiva en favor de la estabilidad política, el derecho a elecciones libres y a tener votantes bien informados, pero, sobre todo, a hacer realidad el equilibrio entre poderes frenando abusos y actuaciones que permitan el atropello de los derechos y las libertades públicas. Sin duda, una excelente sentencia.
No obstante, el presidente Chaves anunció el miércoles pasado que no acatará la orden emitida por el TSE y seguirá con el cambio de modelo y asignación de frecuencias. Con su acción, irrespeta la ley que juró cumplir, ignorando que estamos en un Estado de derecho donde se puede o no estar de acuerdo con los fallos, pero deben cumplirse. Con su conducta, rompe el orden constitucional, lo que puede implicar responsabilidades tanto en lo político como en lo penal.
Sin duda, se trata de un hecho grave. Esperemos que esta manifestación no pase de ser una idea desafortunada que se corrigió a tiempo.
nmarin@alvarezymarin.com
Nuria Marín Raventós es politóloga.