
En medio de las discusiones públicas, por demás necesarias, en torno a la sostenibilidad del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), nuestro principal régimen básico, hemos causado daño a la credibilidad del Sistema Nacional de Pensiones.
Muchos, pero particularmente los jóvenes, manifiestan sus dudas de poder contar con una futura pensión. Es una preocupación válida, pero, si hacemos el trabajo pendiente, la respuesta será “sí, van a contar con una, pero no bajo las actuales condiciones que ofrece el IVM”.
Probablemente, se pensionarán a una mayor edad y las prestaciones económicas que otorga dicho régimen sufrirán ajustes. Esa fue una de las razones por las que se creó, en el año 2000, el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP), como segundo pilar del sistema y por qué es fundamental no solo conservarlo, sino fortalecerlo para que pueda brindar mejores pensiones que compensen estos cambios.
Desde 1995, contábamos con un régimen voluntario legalmente regulado y supervisado y, con anterioridad, ya algunas entidades financieras habían desarrollado productos de ahorro para pensión, principalmente a través de fideicomisos.
La finalidad del Régimen Voluntario de Pensiones Complementarias es brindar, idealmente, una tercera pensión que, al igual que el ROP, complemente la pensión de los regímenes básicos o, en su defecto, la opción de contar con un ahorro disponible para su retiro una vez cumplidos los requisitos.
¿Ha sido efectivo el régimen voluntario en lograr financiar una pensión complementaria a sus afiliados? Lastimosamente, no. Los montos ahorrados en sus cuentas son, en general, muy bajos.
Según datos de la Superintendencia de Pensiones (Supén), si dividimos a los afiliados del régimen en quintiles, sumando todos los contratos que pueda tener un mismo afiliado, colonizando los saldos y excluyendo valores atípicos extremos y cuentas de personas fallecidas, se tiene que, a abril de este año, los saldos promedio de cada quintil (20%) fueron de ¢13.367; ¢111.606; ¢407.755; ¢1.410.646, y el 20% con mayor saldo acumulado promedio, ¢16.809.014. La mayoría, como puede verse, insuficientes para financiar una pensión que satisfaga el principio de complementariedad y que explica las razones por las que no se ha desarrollado un mercado de productos de pensión en este régimen. A la fecha, solo se encuentra disponible un producto de Renta Temporal, ofrecido por una operadora.
El retiro total, admitido como una modalidad de beneficios en el régimen voluntario, ha sido prácticamente el único utilizado por los afiliados para desacumular los recursos, consecuente con los montos relativamente bajos que la mayoría de las cuentas mantienen.
Sin entrar a analizar las causas del poco ahorro individual que se observa en este régimen, es claro que para que pueda cumplir con su finalidad, hay que idear fuentes de recursos alternas a los tradicionales aportes para incrementar los saldos de las cuentas. Esto, junto con el necesario apoyo institucional y de las operadoras para fomentar un mayor ahorro en este sistema, el impulso a los convenios de aportación y a los planes colectivos con aporte patronal, y los ajustes regulatorios que se requieren para que el producto resulte atractivo frente a otras opciones de ahorro que ofrece el mercado financiero.
Años atrás, se había planteado un proyecto de ley para destinar un 0,5% anual del IVA –hasta alcanzar el 3%– a las cuentas individuales de los consumidores en un fondo de pensiones administrado por las operadoras. Dadas sus implicaciones fiscales, el proyecto suponía una mejora en la recaudación por los incentivos que se creaban para que los consumidores pagaran el impuesto. Un supuesto, la verdad, fuerte, porque entre la decisión de incumplir con el pago del tributo en las compras que se hacen hoy versus recibir un 3% cuando me pensione, el incentivo parece ser, intuitivamente, la primera opción.
Un aumento en el IVA para utilizarlo como aporte a un fondo de pensiones, entre otros efectos indeseables, incentivará una mayor evasión. Este proyecto ha vuelto a resurgir con ocasión de las mesas de diálogo auspiciadas recientemente por la Supén.
Mecanismos de financiación
Independientemente de lo anterior, ¿es posible implementar mecanismos de financiación de las pensiones ligados al consumo sin necesidad de aumentar el IVA o cambiar, en parte, el uso de estos recursos? Sí. Las operadoras podrían hacerlo hoy mismo a través de alianzas con empresas comerciales y financieras. No tienen ningún impedimento legal para ello.
Los recursos provenientes de programas de lealtad, regalías o descuentos aplicados por las compras en las empresas podrían canalizarse a las cuentas de los afiliados que mantienen un plan voluntario y, en el caso de los que no, mediante la afiliación al régimen a través de un trámite simplificado que pueda realizarse, incluso, en las mismas cajas de los establecimientos. Estos aportes extraordinarios no constituirían regalías de las operadoras a los afiliados, algo prohibido por ley, porque las que los pagarían serían las propias empresas participantes en este tipo de programas, o bien el consumidor, de su propio peculio.
¿Qué se requeriría? Además de la decisión y un vigoroso esfuerzo comercial de las operadoras: sistemas y cambios en los manuales de información y de cuentas que, de forma muy expedita, puede realizar la Supén, y un pequeño ajuste reglamentario en lo que a la suscripción de los contratos de afiliación se refiere.
Hay mucho camino andado, porque la Supén había elaborado un proyecto de reforma, expuesto y consultado con el medio que, además de todo lo anterior, proponía una serie de cambios para mejorar y actualizar la regulación del régimen voluntario.
Resuelto lo anterior, convendría efectuar una posterior reforma, esta sí de carácter legal, para que el momento del disfrute de los beneficios del régimen voluntario se sincronice con el de la jubilación de los trabajadores asalariados por su régimen básico y, para el resto, a la edad de pensión del IVM. De este modo, se eliminaría el actual disfrute de los beneficios a partir de los 57 años de edad con 66 meses de permanencia, pero se mantendría el retiro total como modalidad de beneficio, una puerta de salida para aquellos que, por las razones que sea, no logren acumular suficientes recursos para financiar el pago de una pensión en este régimen.
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Yanni Sterloff es abogado especialista en regulación de los mercados financieros y pensiones.