
Este martes se difundió la noticia de que el jefe de la Dirección de Inteligencia y Seguridad (DIS), órgano adscrito a Casa Presidencial, se presentó personalmente en la Fiscalía General de la República –show mediático incluido– a interponer una denuncia contra una mujer que es reconocida como férrea opositora al gobierno, lo cual –desde sus orígenes– me generó una fundada sospecha sobre sus posibles tintes políticos.
En el momento de la transmisión televisiva en directo a todo el país, el director de la DIS aseguró que se trataba de una denuncia por el delito de “tentativa de homicidio calificado” en perjuicio del presidente de la República (magnicidio), lo cual es un hecho sumamente grave que, por razones obvias, como tesis de principio debe ser denunciado.
No obstante, de forma muy confusa, el jefe de la DIS dijo en la entrevista televisiva –que se transmitía a todo el país en directo–, que llegaba a plantear una denuncia penal con base en una “información que recibieron de fuente confidencial, sobre la amenaza, sobre la muerte, sobre la vida del presidente de la República (sic)”.
Denotó que ni siquiera tenía claro de qué se trataba el asunto y, de inmediato, pasa a decir que recibieron una “información confidencial en que se les alerta sobre un pago de un sicario para que atentara sobre la vida del presidente”.
Por las preguntas que le hicieron varios de los periodistas al director de la DIS sobre detalles que ni siquiera él, hasta ese momento, había mencionado (como, por ejemplo, la pregunta sobre el “pantallazo” de una transferencia Sinpe móvil), se evidenció que parte de la prensa ya conocía de antemano el contenido de tal denuncia pese a que ni siquiera se había presentado aún formalmente en instancias judiciales. No por casualidad algunos reporteros estaban en la puerta de la Fiscalía General esperando la llegada del director de la DIS.
Más adelante, dice el mismo jefe de la inteligencia presidencial, que es una información “planeándose el asesinato del presidente” (sic). Entonces, si se trata de un plan o ideación, a partir de ese momento no me calzó esa afirmación con el hecho de que estaba por denunciar una “tentativa de homicidio calificado”. Y es que no es lo mismo algo que “se está planeando realizar” que la ejecución de ese plan.
Y, como era de esperarse en este tipo de asuntos, la supuesta denuncia presentada ante la Fiscalía General rápidamente se viralizó y, al menos a mí, por mi especialidad profesional, me resultó imposible resistirme a la tentación de leerla y hacer algunas valoraciones preliminares.
¿Intento de asesinato del presidente?
Desde un punto de vista jurídico, independientemente de que la señora denunciada le haya pagado o no a un supuesto sicario con la intención de matar al presidente, ese hecho per se –a mi criterio– no constituye jamás una tentativa o intento de homicidio, como lo afirmó el jefe de la DIS, ya que ese supuesto pago quedaría enmarcado dentro de lo que se conoce como un “acto preparatorio” de un posible hecho que ni siquiera pasó a la siguiente etapa del íter criminiso camino del delito (su ejecución), sin que llegara a realizarse nunca materialmente.
Solo existiría una tentativa (o intento) de cometer un asesinato (o cualquier delito) si el hecho es interrumpido cuando se están llevando a cabo los “actos de ejecución” (es decir, cuando se está materializando la acción) para concretar el resultado (la muerte), lo cual nunca sucedió en este caso.
Los “actos preparatorios” podrían generar responsabilidad, pero en este caso particular no es así, tal como lo afirmó el alto jerarca de la DIS, alarmando a medio país.
Y menos habría una tentativa de asesinato del presidente si –como lo dice la propia denuncia– el supuesto sicario “contratado” desistió de realizar el hecho; es decir, que –a lo tico– “se echó para atrás” y, por ende, nunca puso en marcha los mencionados “actos de ejecución”.
Así las cosas, preliminarmente, según la denuncia y las palabras del jerarca de la DIS, no habría realmente delito alguno. La conspiración no es delito en nuestro país.
Distinto habría sido si, hipotéticamente, el plan hubiera seguido su marcha y el tal sicario no desiste de realizar el hecho y ejecuta el asesinato del presidente para el cual fue contratado. Ahí sí, claramente, quien pagó tiene responsabilidad penal como autor intelectual del magnicidio, junto, o en coautoría, con el autor material del mismo. Y, siempre dentro de una hipótesis, si se ejecuta el hecho y el mandatario no muere, ahí sí se estaría ante una “tentativa de homicidio calificado”.
Presunción de inocencia
Pocas horas después del hecho noticioso que generó la anterior denuncia –por parte de la DIS– del aparente plan para asesinar al mandatario, circuló un video de la mujer sospechosa (o quien se afirma que fue la que pagó el dinero al presunto sicario). Sin embargo, ella niega vehementemente tener relación con lo denunciado y sostiene que se trata de una persecución política. En mi experiencia, casi nunca alguien a quien se le atribuye semejante hecho, sale a la opinión pública a negarlo con tanta contundencia.
En este caso, al igual que con cualquier ciudadano, la investigación judicial debe escudriñar todos los indicios y verificar si esa información confidencial es o no cierta, si efectivamente se hizo un pago a un supuesto sicario, si el “pantallazo” de mensajes donde se observa el nombre de la denunciada en efecto se trata de ella o si, por el contrario, podría ser un montaje con el uso indebido de la identidad de la mujer.
No debe soslayarse que, en estos tiempos, la evidencia digital –o los “pantallazos”– se puede alterar con facilidad. Con los medios tecnológicos actuales, es sencillo modificar documentos e insertar el nombre o la imagen de una persona para involucrarla –en este caso, con fines políticos– en un hecho tan grave como la planeación del homicidio de un presidente.
Además, con un mínimo de lógica, me parece sumamente extraño que alguien pague un adelanto de dinero por medio de Sinpe móvil para pactar el asesinato de nada más y nada menos que el presidente de la República, dejando así un rastro indeleble de incriminación.
Como suele suceder cuando se denuncia a cualquier persona, ya mucha gente debe estar creyéndola culpable, a pesar de que, según la normativa de derechos humanos, esta debe ser considerada y tratada como inocente hasta que no se demuestre lo contrario. Si es cierto, como lo afirma la denunciada, que ella nada tuvo que ver con la ideación de asesinar al mandatario y así se determina, aun así su imagen quedaría deteriorada para el resto de su vida.
El ‘efecto Trump’
Surge la pregunta de si, con tanto por verificar, era necesario semejante despliegue mediático, incluyendo la presencia in situ del director de la DIS –precisamente a la hora de los noticieros en vivo– para interponer una denuncia por hechos aún inciertos que ameritan investigarse. Esto, sin declinar la posibilidad de que tal información confidencial no sea cierta o que no configure delito.
Sería una irresponsabilidad absoluta que el propio jefe de la DIS se hubiera prestado a un circo tendenciosamente planificado con fines políticos turbios, con el único propósito de desviar la atención hacia otros temas, distintos a la ya cercana elección presidencial o, peor aún, con la intención de que el electorado olvide el mal desempeño de algún candidato presidencial en los debates recién realizados y no pierda la ventaja que aparentemente lleva.
El 13 de julio de 2024, el intento de asesinato al entonces aspirante a la presidencia de Estados Unidos, Donald Trump –que sí fue un hecho real (el republicano estuvo a milímetros de ser asesinado)– tuvo como consecuencia una exponencial ola de apoyo al político por parte de los electores. ¿Sera qué eso es lo que se habría intentado emular aquí el martes, para recuperar posibles ventajas perdidas?
Asesinato de Roberto Samcam
Soy abogado de la viuda y los deudos del señor Roberto Samcam, nicaragüense opositor al régimen dictatorial de Daniel Ortega, quien fue asesinado en nuestra capital, el 19 de junio de 2025, a manos de sicarios y en venganza por su activismo político.
Y, por lo que ha trascendido en la investigación, y en la misma prensa, la DIS tuvo en su poder abundante información proporcionada por el propio don Roberto sobre el riesgo inminente para su vida y las amenazas de muerte que recibía, las cuales fueron ignoradas.
El mismo jefe de la DIS dijo este martes –en el mencionado show mediático– que ante este tipo de amenazas no se puede dar tiempo y hay que denunciar inmediatamente. Entonces, surge la pregunta, ¿por qué en el caso del señor Samcam no corrieron nunca a interponer la denuncia ante el Ministerio Público?
Quizá, de haber sido igual de diligente la DIS, don Roberto estaría vivo; sin embargo, tal parece que la eficiencia solo aplica cuando hay de por medio un aparente espectáculo con presuntos fines políticos.
Poder estatal arbitrario
Sería muy preocupante, y una manifestación clara de autoritarismo estatal, que se instrumentalicen políticamente las instituciones estatales para perseguir y acallar a ciudadanos opositores políticos, quienes se expresan libremente en una democracia.
Así sucedió con la hija del candidato presidencial Álvaro Ramos –una brillante niña de 8 años–, a quien, sin ninguna razón legítima, la correteó el PANI por sus expresiones contra el mandatario y, poco tiempo después, se archivó el expediente como si nada hubiera sucedido.
Espero –y ojalá me equivoque al pensarlo– que esta denuncia interpuesta por el director de la DIS contra una férrea y reconocida oponente del gobierno no sea una nueva acción maledicente –como la del PANI– de un uso indebido del poder estatal y de malversación de recursos públicos con el propósito de perseguir y silenciar a ciudadanos considerados incómodos, ni para recuperar ventajas perdidas en la recta final de la contienda electoral.
Costa Rica y su democracia no se merecen eso.
J. Federico Campos C. es abogado penalista. Laboró en el Poder Judicial más de una década y lleva 20 años en el ejercicio liberal del derecho. Posee una maestría en Ciencias Penales (UCR), otra en Administración de Justicia Penal (UNA) y estudios especializados en la Universidad de Salamanca (España) y en el CEJA de Chile. Ha sido docente en la Facultad de Derecho de la UCR. Ha publicado tres libros y decenas de artículos en revistas y en prensa.