A la pregunta con la que se titula este artículo, la respuesta es sí y no. Sí, porque los recursos de Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROP) pertenecen a cada uno de los trabajadores, a pesar de que solamente aportan un 1% del 4,25% del salario reportado en las planillas de la CCSS –el resto lo aporta el patrono e, indirectamente, el Estado, a través de las exoneraciones tributarias de que goza el régimen–. Por otro lado, no, porque los recursos acumulados a través de este esfuerzo contributivo están legalmente destinados a financiar una pensión complementaria a la que obtendrán del régimen básico –el IVM para la mayoría de los trabajadores asalariados–.
Nuevamente, se han presentado en la Asamblea Legislativa dos proyectos de ley que permitirían el retiro total del ROP. El primero, como una opción adicional a la de los productos de pensión que el afiliado puede seleccionar cuando se jubile. El segundo beneficiaría solamente a un segmento de afiliados que se pensionen entre los años 2021 y 2029. Me referiré al primer proyecto.
¿Cuál ha sido la experiencia de otros países con la opción del retiro total de los recursos en los regímenes de pensiones de contribución definida como el ROP? Muy mala.
Tomemos como ejemplo a Perú. En el año 2016, este país aprobó: (i) la disponibilidad de hasta el 25% de los fondos acumulados como garantía para la cuota inicial de la compra de una primera vivienda. Posteriormente, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP precisó que estos recursos podrían utilizarse, además, para la compra de un terreno o para amortizar un crédito hipotecario; (ii) la entrega de hasta el 50% del fondo por enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer; (iii) al momento de la jubilación, la posibilidad de acceder al 95,5% de los fondos de la cuenta individual –el 4,5% se destina al pago del seguro de salud del pensionado, cónyuge y dependientes–.
Posteriormente, en el año 2020, motivado por la pandemia de covid-19, el gobierno del Perú autorizó dos programas de retiros extraordinarios y, el Congreso, otros cuatro más, entre 2020 y 2022.
Los retiros provocaron la salida de alrededor de 38.000 millones de dólares de hoy, entre 2020 y 2024, lo que afectó a más de seis millones de afiliados. Esto redujo la capacidad del sistema privado de pensiones de proporcionar prestaciones adecuadas en un entorno donde las pensiones rondan alrededor de un 33% del salario promedio de los cotizantes (OIT, Lima).
Según estimaciones del Banco Central de Reserva del Perú, producto de los retiros, un afiliado de 25 años experimentará una reducción del 23% en su pensión al jubilarse mientras que, un afiliado de 40 años, una del 48%.
Claro, puede alegarse que, en Costa Rica, el ROP está destinado a financiar una pensión complementaria y que los afiliados disfrutarán de una básica. Esto es cierto, pero también lo es que, según datos de la CCSS a diciembre de 2023, el 44% de los pensionados del IVM recibía una pensión de ¢153.152 o menos, y un 27%, una de entre ¢153.152 y ¢311.990. Entre estos dos estratos, hay un 71% de los pensionados del régimen.
No es cierto entonces que la reforma propuesta no causará ningún impacto en el gasto público, porque se estará generando una creciente contingencia fiscal para atender a los adultos mayores en estado de pobreza cuya pensión del régimen básico no resulte suficiente en el futuro, sin considerar los ajustes que el IVM requerirá.
Tómese nota que para el 2050, el 25% de la población costarricense tendrá 65 años o más. La esperanza de vida, que pasó de 76 años en 1990 a 80 años en 2024, se estima que alcanzará los 84 años en 2050 y los 89 en 2100. Lejos de debilitar el ROP, hay que fortalecerlo para que sirva a su propósito de complementar las pensiones básicas.
Tras la aprobación de la opción del retiro del 95,5% en Perú, el 95% de los afiliados eligió esta modalidad, mientras que solo un 1% optó por un producto de pensión, lo cual ha derivado en el rápido agotamiento de los recursos (OIT, Lima) ¿Será distinto en nuestro país? No lo creo.
De acuerdo con los datos de la Supén, los pensionados del ROP mayoritariamente seleccionan rentas temporales que agotan aceleradamente los saldos de sus cuentas, por lo que es esperable que este mismo patrón se replique en el retiro total, de implementarse en Costa Rica.
Ahora bien, podría afirmarse que de acuerdo con su derecho a escoger libremente, los perjuicios los sufrirán eventualmente los pensionados que realicen un retiro total. Sin embargo, aparte de las contingencias fiscales de las que hablamos, también perjudicará a los que, entonces, aún no puedan pensionarse, así como a los pensionados que seleccionen un producto de pensión en vez de un retiro total, por dos diferentes vías: (i) los fondos requerirán mayores niveles de liquidez para atender las salidas, lo cual afectará la rentabilidad de todos, creándose un potencial círculo vicioso que incentivará a su vez más retiros; (ii) dado que la actual comisión de administración del 0,35% sobre saldos se estableció a partir del crecimiento de los fondos en el tiempo, una disminución significativa en su tamaño también redundará en un aumento de las comisiones para que las operadoras de pensiones puedan funcionar y realizar sus actividades. En resumen, saldos en las cuentas individuales de los trabajadores y pensiones complementarias más bajas.
El retiro total es una muy desafortunada iniciativa que probablemente contará con el apoyo de muchos, pero al final, de aprobarse, nos perjudicará a todos, en especial, a los trabajadores formales de bajos ingresos.
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Yanni Sterloff es abogado especialista en regulación financiera y pensiones.
