
Aún conservo el claro recuerdo de aquellas sesiones del Conare ampliado en 1981. Como representante del Consejo Universitario de la Universidad Nacional (UNA), la consigna que defendimos era clara: el financiamiento de la educación superior no podía quedar al arbitrio de los vientos políticos o las urgencias de caja del gobierno en ejercicio.
Aquella lucha histórica culminó en la reforma al artículo 85 de nuestra Constitución Política, un texto construido no como un simple ejercicio de contabilidad pública, sino como un pacto de Estado a perpetuidad.
El objetivo consensuado era garantizar que la inteligencia nacional, la investigación científica y el ascenso social nunca fueran rehenes de la discrecionalidad o el humor del Poder Ejecutivo. Así lo definió una mayoría calificada de la Asamblea Legislativa, con el beneplácito de las universidades.
Hoy, ese pacto enfrenta una de sus amenazas más insidiosas desde su creación. En la actual mesa de negociación de la Comisión de Enlace para el FEES 2026, el gobierno parece haber sustituido el espíritu del constituyente por una aritmética de corto plazo.
La posición oficial de limitarse a “no disminuir” nominalmente la asignación anterior es, en esencia, una reforma constitucional de facto por la vía del estrangulamiento. Al estancar la inversión mientras el producto interno bruto (PIB) crece –registrando un aumento cercano al 4% en el último ciclo–, se deja vacía de contenido la garantía de suficiencia presupuestaria que se blindó en 1981. Un presupuesto que no crece proporcionalmente a la riqueza que el propio sistema universitario ayuda a generar es, técnicamente, un presupuesto en retroceso.
El argumento gubernamental de la “poca holgura fiscal” esconde una realidad estructural que el país debe entender con crudeza. La reforma fiscal de 2018 quedó trunca y coja; no se completó la transición hacia un impuesto sobre la renta de carácter territorial ampliado, lo que dejó al Estado con herramientas recaudatorias insuficientes y porosas.
Vivimos hoy bajo una distorsión peligrosa: los sectores más dinámicos de nuestra economía, amparados en regímenes de exención casi total, no contribuyen al sostenimiento del contrato social en la medida de su éxito. Mientras tanto, la economía definitiva, la que no crece o lo hace con dificultad, carga con el peso de subsidiar el aparato estatal. En este escenario, la regla fiscal ha dejado de ser un instrumento de equilibrio para convertirse en una camisa de fuerza: mientras el PIB crece, el gasto público real se contrae respecto al PIB, profundizando la brecha de desigualdad y desmantelando los servicios esenciales.
Es vital rescatar un debate que vivimos intensamente en la génesis de la reforma al artículo 85: la vinculación al desarrollo. En aquel momento, se consensuó conscientemente que la consideración al Plan Nacional de Desarrollo (PND) no fuera vinculante de manera absoluta. Se quiso distinguir la agenda programática de un gobierno particular –siempre transitoria y marcada por la precariedad fiscal– de una visión de desarrollo de largo alcance. Esa visión es la que emana del artículo 50 de la Constitución, que nos manda a procurar el mayor bienestar de todos los habitantes y el reparto más equitativo de la riqueza sosteniblemente.
Esta distinción no es un capricho académico; es una protección jurídica validada por la Sala Constitucional. La Sala ha integrado, vía el bloque de constitucionalidad, los convenios internacionales de derechos humanos y sociales que Costa Rica ha suscrito. Este bloque exige la progresividad y prohíbe la regresión en la inversión educativa superior. Por tanto, el desarrollo al que debe tributar la universidad es aquel definido por los derechos fundamentales, la sostenibilidad y la cohesión social, y no por las métricas de eficiencia coyunturales de un Ministerio de Hacienda que no ha logrado resolver sus propias asimetrías de recaudación.
Jorge Herrera, actual presidente de Conare, ha sido enfático en señalar que la autonomía se defiende hoy frente a los intentos de recentralización administrativa. El Ejecutivo pretende convertir a los rectores en gestores de metas ministeriales, ignorando que la autonomía de “grado superior” otorgada por la Sala IV prohíbe cualquier injerencia que vacíe de contenido la potestad de gobierno orientado a las funciones establecidas por ley.
También, el rector precisa el cumplimiento de los compromisos asumidos más allá de su formulación en cuanto a admisión, graduación, becas, etc. Pero el problema trasciende lo jurídico; es una ceguera social alarmante frente a las tendencias demográficas y el contexto mundial de revolución. El país atraviesa una encrucijada en que la formación de capital humano (capacidades y salud básicas) y de desarrollo humano (libertades) de alto nivel es más crítica que nunca para sostener nuestra competitividad, nuestro sistema de seguridad social y nuestra democracia.
Se exige “mayor impacto” mientras, paradójicamente, se asfixian los recursos que permiten a las universidades públicas llegar a la periferia territorial.
Es en las zonas costeras y fronterizas, rezagadas social y económicamente, donde la presencia de la educación superior pública representa una balsa de salvación y movilidad frente a la exclusión.
No se puede exigir la recuperación de la calidad educativa nacional –golpeada por la crisis de la formación básica y la falta de conectividad– si se ignora que la excelencia requiere una inversión sostenida.
El FEES no es una “subvención” ni una dádiva graciosa; es el motor de la equidad y el cumplimiento de un mandato constitucional que no admite lecturas contables de corto plazo. Condicionar el presupuesto a indicadores que ignoran la complejidad de la investigación y la acción social es desconocer que la universidad se gobierna a sí misma para servir a la nación. Defender el artículo 85 hoy es defender el derecho al futuro que, con absoluta convicción y visión de Estado, nos atrevimos a redactar en aquel lejano pero vibrante 1981.
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Miguel Gutiérrez Saxe es economista.